Las organizaciones han decidido elevar al Supremo un recurso de casación sobre el archivo de la causa del Tarajal al entender que existen posibles vulneraciones tanto de la Constitución Española, como del Convenio Europeo de Derechos Humanos, así como una aplicación incorrecta de seis artículos del Código Penal. Según el auto de sobreseimiento «los 16 guardias civiles que estaban en el espigón o la playa, no tenían obligación de socorrer a los nadadores” y emplearon el material antidisturbios con ánimo disuasorio y no lesivo
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Coordinadora de Barrios, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Pro Derechos Humanos de España, Observatori de Drets Humans y Sociedad Humana, las acusaciones populares –unificadas recientemente por orden judicial- en el caso del 6F han presentado un recurso de casación por infracción de ley, ante el archivo de la causa de la tragedia del Tarajal el pasado 28 de julio de 2020, por la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, según ha avanzado Ceutaldia.com.
El diario digital señala que las organizaciones aprecian en su resolución «posibles vulneraciones tanto de la Constitución Española como del Convenio Europeo de Derechos Humanos, así una aplicación incorrecta de seis artículos del Código Penal».
Las acusaciones populares consideran que «la resolución vulneró de los artículos 24 y 15 de la Constitución Española, que establecen que ‘todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión’; y que ‘todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes'», según informa el diario local.
Otra de las cuestiones que se alega en el recurso es que se puede haber vulnerado la Constitución y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en base a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la de Enjuiciamiento Criminal, «en cuanto a concluir el sobreseimiento libre de la eventual consideración de los hechos sin atender a la consideración de que se trata de actos de funcionarios de Estado en los que ha resultado la muerte violenta y lesiones de diversas personas”.
Las organizaciones alertan que se han detectado hasta cuatro artículos del Código Penal con los que el auto de sobreseimiento de la Audiencia Provincial podría haber incurrido en “infracción por inaplicación indebida” al concluir en un sobreseimiento respecto de la eventual consideración de los hechos como constitutivos de delitos de homicidio imprudente, lesiones, omisión del deber de socorro y denegación de auxilio”. También que dos se habrían aplicado de forma errónea, los que apelan a la inexistencia de coautoría en delitos imprudentes o por haber obrado en cumplimiento de un deber.
Para la presentación del recurso ante el Tribunal Supremo, las organizaciones ya han solicitado a la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta «testimonio del auto recaído con el fin de que se tenga por preparado el recurso de casación “por infracción de ley y lesión de precepto constitucional”, así como que se emplace a las partes para su comparecencia ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo».