Las aeronaves pilotadas por control remoto, popularmente conocidas como drones han visto extendido su uso hasta límites insospechados. Ya sea para la grabación de un anuncio comercial, videoclips, funciones de aeromodelismo, detección de infracciones viales y muchas otras. Se ha convertido en un regalo habitual en hogares con jóvenes. Pero hay usuarios que desconocen que existen normas de seguridad muy estrictas y específicas al respecto.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea es el organismo encargado de su regulación. La AESA distingue entre los usuarios que dan a los aparatos un uso recreativo y el profesional. Las normas son similares en ambos casos, y se orientan a la salvaguarda del espacio aéreo, seguridad, zonas donde se permite pilotar estos drones y a la Ley de Protección de Datos.
AESA destaca alguna de estas prevenciones, tales como que los usuarios deberán abstenerse de realizar actuaciones que puedan poner en riesgo la seguridad, regularidad y continuidad de las operaciones aeronáuticas y pueden volarse fuera de espacio aéreo controlado, a más de 8 kilómetros del punto de referencia de cualquier aeropuerto, aeródromo o helipuerto y a más de 8 km de los ejes de sus pistas y su prolongación hasta 6 km desde el umbral de las mismas. Sin sobrevolar aglomeraciones de edificios ni reuniones de personas. Manteniendo una distancia adecuada a obstáculos y sin poner en riesgo la seguridad de personas y bienes. Dando prioridad a las demás categorías de aeronaves. De día y en condiciones meteorológicas de vuelo visual. Dentro del alcance visual del piloto. No puedes sobrevolar reuniones de personas al aire libre ni aglomeraciones de edificios en lugares habitados si tu RPA pesa más de 250 gramos.
En el caso de pretender realizar grabaciones se deberá tener en cuenta la regulación de Protección de Datos, la ley de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, las restricciones para la toma de imágenes aéreas y tener permiso para difundir públicamente esas imágenes.
AESA estudia todas las denuncias recibidas y recomienda a la ciudadanía que denuncie aquellos casos en los que crea que se está infringiendo la norma. Las denuncias se pueden presentar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como en la propia Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
La horquilla a la que se enfrentan aquellas personas físicas que reciben una multa por uso indebido de un dron es variable en función de la gravedad de la infracción. Las sanciones leves oscilan entre 60 y 45.000 euros. Las graves llegan a 90.000 y las muy graves van de 90.001 a 225.000 euros. Eso para las personas. Para las empresas, la carga es mayor y pueden llegar a los 4,5 millones de euros.
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