Según ha podido confirmar El Foro de Ceuta, muchas han sido aceptadas por silencio administrativo, ya que pasa un mes y un día desde que realizaron la entrevista e hicieron la solicitud. Que una solicitud sea admitida a trámite, no significa que esa persona reciba el asilo, pero si que puede salir de Ceuta libremente gracias a la sentencia del Tribunal Supremo que eliminó la excepción del «sólo válido en Ceuta» de la tarjeta Roja que recibían las personas solicitantes de asilo en la ciudad autónoma
La labor de la Oficina de Extranjería situada en la frontera del Tarajal se ha multiplicado desde el pasado mes de mayo, cuando entraron a Ceuta, según las cifras oficiales, unas 12.000 personas.
Según confirman a El Foro de Ceuta fuentes conocedoras del proceso de devoluciones y salidas voluntarias de personas marroquíes, tras la entrada de más de 12.000 personas el pasado mes de mayo, han confirmado que ya han abandonado la ciudad hacia Marruecos, de manera voluntaria más de 3.500 personas y que se han devuelto aproximadamente 200 adultos, desde principios de julio que el reino Alauita comenzó a aceptar las devoluciones de sus nacionales en base al acuerdo de repatriación de adultos que mantienen los dos países.
Sin embargo, muchos de los que quedan en Ceuta se acercan cada día a pedir asilo o protección internacional a las oficinas de la Policía Nacional en la frontera, que según ha podido confirmar este medio, ya han sido aceptadas -la mayoría por silencio administrativo- más de 1.500 solicitudes.
Una vez la persona migrante tiene esta admisión a trámite, debe ir a la Policía Nacional donde les proporcionan una autorización de desplazamiento, para la cual, deben dar una dirección de residencia en la península.
Según las mismas fuentes consultadas, y como ya lo advirtió la Delegada del Gobierno, Salvadora Mateos, en rueda de prensa a principios de mes, sólo el 4% consiguen este asilo, por lo que la mayoría de estas solicitudes, finalmente serán denegadas, lo que implica una orden automática de expulsión y la prohibición de volver a España y Europa en un periodo entre 5 y 10 años.
La sentencia, dictada por la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo establecía así que los solicitantes de asilo desde las ciudades autónomas de Ceuta o Melilla, una vez que su solicitud es admitida a trámite, tienen derecho a la libre circulación por España, y que, en consecuencia, no es conforme a derecho limitar sus desplazamientos a las ciudades autónomas.
Para hacer cumplir la Sentencia y «despejar» Ceuta de personas migrantes que ya han solicitado asilo, y que este ha sido aceptado a trámite, la Delegación ya advirtió que se “facilitará la movilidad de todos los solicitantes de asilo que se encuentran en Ceuta cuya solicitud haya sido admitida a trámite”.