Con esta ampliación, se podrá depositar el voto por correo en el horario de apertura habitual de las oficinas postales en toda España y como máximo hasta las 14.00 horas del próximo viernes 24 de mayo.
Este plazo finalizaba inicialmente el 22 de mayo, pero con la decisión de ampliación adoptada, los ciudadanos y ciudadanas que hayan solicitado ejercer su derecho al voto por correo para las elecciones locales y europeas del próximo 26 de mayo, dispondrán de más tiempo para depositar en cualquiera de las oficinas postales, con carácter certificado y urgente, el sobre con su voto.
Eso sí, quienes deseen ejercer su derecho a voto mediante correspondencia postal, tienen de plazo hasta el 16 de mayo para solicitarlo. Para ello, deberán dirigirse a cualquier oficina de Correos de España con el DNI (original, no se permite fotocopia) y solicitar el impreso para pedir el voto por correo. Una vez entregada la solicitud, recibiremos en el domicilio indicado un certificado de inscripción en el censo electoral. Este certificado lo tendremos que entregar en la oficina de correos cuando realicemos el voto.