La ministra de Educación, Isabel Celáa, ha provocado un revuelo al declarar que se va a optar por la promoción del alumnado «por norma general» y que la repetición solo se va a aplicar, como excepción, en casos «sólidamente justificados». Estas declaraciones han sido traducidas automáticamente como «aprobado general», pero, por ejemplo, la LOCE (2002) ya limita a uno el número de veces que se puede repetir curso en primaria. Es decir, hace 18 años que la promoción es «norma general» en el sistema educativo español y repetir curso una «excepción»
El revuelto que se ha montando con el supuesto «aprobado general» denota que en España se conoce poco la legislación que rige el derecho a la educación. Seguro que haber tenido siete leyes educativas distintas desde 1970 -camino de la octava- no ayuda a suscitar el interés de la gente por un texto jurídico que puede tener caducidad a los cuatro años de publicarse. En cualquier caso, la evaluación en nuestro país es «global y continúa» desde que se aprobó la Ley Orgánica General de Ordenación General del Sistema Educativa (LOGSE) en los años 90.
Evaluación continua
En un sistema educativo como el nuestro, que basa el aprendizaje en la adquisición y el dominio de una serie de competencias que están presentes en todos los niveles de la etapa educativa en cuestión (Infantil, Primaria y Secundaria) y cuyo método evaluativo trata de ser otro elemento más para la formación del alumnado y una herramienta para que el educador se adapte a su educando y diseñe un sistema de aprendizaje individualizado y adaptado a sus necesidades educativas, la repetición solo se debe aplicar cuando no queda más remedio. Se opta por el contrario por programas de refuerzo de competencias o por adaptaciones curriculares si es preciso.
De hecho, la Ley Orgánica de Calidad Educativa (LOCE), aprobada en 2002, limitó a uno el número de veces que un/a alumno/a puede repetir el mismo curso en primaria. Una limitación que acotó más la Ley Orgánica de Educación (LOE), que fijó el máximo en una vez por ciclo (había tres ciclos en primaria). La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) reduce a las posibilidades a una repetición por etapa educativa (desde primero a sexto de Primaria) o por ciclo de la etapa (en Secundaria existen dos ciclos: primer y segundo curso y el tercer curso. El cuarto curso se considera un «nexo» con Bachillerato),por lo que todo el alumnado que ya haya repetido un nivel en la etapa educativa, o ciclo de la misma en el caso de Secundaria, que cursa no puede repetir el curso 2019-2020, con o sin pandemia.
Entonces ¿no se puede repetir?
Sí. Si el docente considera que al finalizar el curso el/la alumno/a no ha adquirido y/o desarrollado las competencias necesarias para superar el nivel y que lo mejor para su desarrollo personal es que repita curso, así se hará. Ahora bien, como se hace siempre, está decisión deberá estar justificada con los informes pertinentes. Además, el centro tendría que consensuar la decisión con los tutores legales del alumno/a y estos incluso podrán incluso recurrir ante el organismo competente si no están de acuerdo.
Solo se restringe la posibilidad de repetir curso en casos para los que la situación provocada por la pandemia haya supuesto un perjuicio evidente que sea el causante, o uno de ellos, del atraso educativo. Este sería el caso de alumnos/as que se ven afectados por la brecha digital.
¿Qué pasa con el alumando que está cursando para titular?
La evaluación del alumnado de sexto de Primaria, cuarto de ESO y FP (Básica, Media y Superior) se regirá por los mismos parámetros que la del resto: flexibilidad, ajuste del currículo al contenido dado antes de que se suspendieran las clases.
Para estos casos Celáa «confía» en el criterio de los docentes «que son los que mejor conocen a sus alumnos» y los que podrán determinar si es justo y conveniente que titulen este curso o tengan que volver a intentarlo el próximo.
Celáa asegura que tiene el respaldo de la mayoría de las CCAA
La Ministra de Educacion, Isabel Celáa, ha explicado que el documento que ha presentado en la Conferencia Sectorial de Educación cuenta con el apoyo de buena parte de las autonomías confía en que el jueves se sumen las restantes, así como que todas las que lo deseen incluyan alegaciones que se «acomodarán» en el documento final. Celáa ha resumido la propuesta presentada a las consejerías de las Comunidades Autónomas en cuatro apartados:
- Mantener la duración del curso prevista en el calendario escolar 2019-2020.
- Permitir a los centros abrir en verano para realizar actividades de refuerzo combinadas con sesiones lúdicas (algo parecido a las escuelas de verano que se realizan en Ceuta).
- Adaptar la actividad lectiva a través de Internet teniendo en cuenta la brecha digital y al alumnado con necesidades educativas no convencionales.
- Adaptar la evaluación, la promoción y la titulación para que ningún alumno/a pierda el curso a consecuencia de la pandemia
Reapertura de centros quince días antes de fin de curso
Si la evolución de la pandemia lo permite, los centros educativas abrirían quince días antes de que acabe el presente curso. Con esta medida el Ministerio entiende que se establecería una toma de contacto que serviría para que docentes y alumnado se reencontrasen. «Nos parecería que esta medida sería muy bien valorada por las familias y sería muy buena para los alumnos y docentes, que podrían conectar con los alumnos y con sus verdaderos conocimientos, pero todos estamos sometidos a la evolución de la pandemia» ha declarado la ministra.