El Gobierno regula la desescalada de la navegación recreativa y deportiva. A partir del día 4 se permitirá navegar a vela en solitario a las personas federadas y los propietarios de las embarcaciones a motor podrán acudir a visitarlas para realizar labores de mantenimientos.
La Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) aclara la condición de navegación de recreo o deportiva como actividad cuyo fin es el recreo o deporte que, en consecuencia, está vinculado plenamente al turismo, y no al transporte marítimo. Por tanto, la práctica de la náutica se podrá disfrutar de forma progresiva desde la fase I y se irá ampliando en cada una de las fases contempladas en la desescalada.
Fase 0
Siempre bajo los estrictos parámetros de seguridad e higiene marcados por las autoridades sanitarias y por las limitaciones geográficas de movilidad, a partir del próximo domingo 4 de mayo se podrá practicar la vela deportiva (no profesional) individualmente y en aguas del mismo municipio donde se encuentre la embarcación y resida el propietario de la misma.
Desde esta fase 0 también serán posibles las visitas por parte de los propietarios a sus embarcaciones para las comprobaciones de seguridad y mantenimiento siempre que la embarcación se encuentre en el mismo término municipal en el que reside el propietario. Solo podrá acceder una persona a la embarcación para realizar estas actividades y se respetarán en todo momento los procedimientos y protocolos establecidos por las instalaciones náutico-deportivas.
«Por tanto, y tras un mes y medio de suspensión de la navegación deportiva y de recreo, el sector náutico empieza a ver la luz al final del túnel con la reapertura gradual de las actividades náuticas de recreo y deportivas» celebran desde la Asociación Nacional de Empresas Naúticas.
Fase 1
Desde mediados de mayo, se podrá navegar en grupos limitados, considerando la navegación de recreo y deportiva como actividad de turismo activo y de naturaleza. Rigen también limitaciones geográficas en las aguas de la provincia o isla en las que se practique la navegación, siempre extremando las medidas de higiene y seguridad, tanto en las instalaciones náutico–deportivas (donde se encuentra la embarcación), como en la propia embarcación, así como por parte de los usuarios que van salir a navegar juntos.
Fase II
Ya a principios de junio se podrá navegar en grupos más amplios y se ampliará la zona de navegación a la provincia donde se encuentre la embarcación. En esta fase, también se podrán realizar prácticas en los cursos para la obtención de titulaciones náuticas que requieran del uso de embarcaciones de recreo para dichas prácticas. Asimismo, los propietarios de embarcaciones que estuvieran amarradas en un término municipal distinto al de su residencia, pero en la misma provincia, ya podrían efectuar visitas para realizar comprobaciones de seguridad y mantenimiento.
Fase III
La apertura total llegará a mediados de junio, cuando “se autorizarán las actividades náuticas de recreo, sin limitación, por tanto, ya sin límites geográficos” y la navegación podrá hacerse entre provincias.