El TSJA ha fallado en no admitir a trámite el recurso presentado por el denunciante al entender la «inadmisibilidad» de recurso contencioso-administrativo por «falta de legitimación activa del recurrente»
El pasado día 16 de marzo del presente, ha sido emitida y publicada por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la sentencia sobre la denuncia efectuada por un empleado público de esta Administración en contra de la Oferta Pública de Empleo correspondiente al año 2019.
En dicha sentencia el tribunal ha fallado en no admitir a trámite el recurso presentado por el denunciante al entender la inadmisibilidad de recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación activa del recurrente.
Desde esta Sección Sindical, y aun reconociendo como no puede ser de otra manera, el derecho de todo ciudadano a recurrir a la Justicia en defensa de lo que crea un interés legitimo, lamentamos que con ello se haya producido un enorme trastorno en el regular funcionamiento de esta Administración, así como innecesarios perjuicios y retrasos en la ejecución de las múltiples acciones derivadas de la Oferta Pública denunciada.