La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a una comunidad de propietarios a indemnizar con 12.155,20 euros a un cartero que sufrió un accidente al tropezar con un escalón mal señalizado en la entrada del portal de un edificio. El repartidor, que llevaba apenas tres días trabajando en la zona, desconocía las características del inmueble y no percibió el desnivel, lo que le causó una caída que derivó en heridas graves en una pierna y dos intervenciones quirúrgicas posteriores.
El tribunal consideró que la comunidad de vecinos incurrió en negligencia al no señalizar ni eliminar el escalón, ubicado en la parte inferior de la puerta de entrada. Según la sentencia, este obstáculo, de solo 9 cm de altura, estaba «enmascarado» y excedía los riesgos normales de una vía peatonal, resultando imprevisible para alguien ajeno al edificio.
La resolución también detalló el alcance de las lesiones del cartero, quien sufrió «dos días de perjuicio personal grave, 107 días de perjuicio personal moderado y cinco puntos por secuelas de perjuicio estético ligero». Aunque se presentó evidencia de que el trabajador tenía patologías previas, como hipertensión y dermatitis, el tribunal concluyó que estas condiciones no influyeron en el accidente ni agravaron las lesiones sufridas.
La sentencia ratifica el fallo del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Valladolid, que ya había condenado a la comunidad de vecinos por no garantizar la seguridad en el acceso al edificio. Este caso subraya la responsabilidad de las comunidades de propietarios de mantener sus instalaciones en condiciones que eviten riesgos para quienes transiten por ellas.