Se establecen 20 días hábiles desde el día siguiente de su publicación para la inscripción y entrega del autobaremo
El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria ha publicado ya la resolución en la que se regulan las bases para la formación de las bolsas de empleo personal estatutario temporal, de los centros e instituciones dependientes de INGESA, por lo que será de aplicación a todos los procedimientos de selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones dependientes de la Gerencia Única del Área Sanitaria de Ceuta, de la Gerencia Única del Área Sanitaria de Melilla y del Centro Nacional de Dosimetría.
Tiene como objetivo regular los procedimientos de selección del personal estatutario temporal para que permitan la máxima agilidad en la selección, y conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad.
Para inscripción y entrega del autobaremo, se establece un plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Una vez convocada la bolsa, la resolución entrará en vigor el uno de febrero, por lo se establecerá este mes para la actualización de méritos y presentación de nuevas solicitudes.
Requisitos de las personas candidatas
Todos los aspirantes a esta bolsa de empleo deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho de libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
b) Estar en posesión de la titulación exigida en la convocatoria o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
d) Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración publica en los seis años anteriores a la convocatoria, ni encontrarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
f) En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo a), no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
g) No tener la condición de personal estatutario fijo en la categoría a la que se opta en la bolsa de empleo.
h) Todos las personas candidatas deberán poseer un conocimiento suficiente de la lengua española.
i) Se reservará el porcentaje que corresponda para la inclusión en la bolsa de empleo de personas con discapacidad, de conformidad con la legislación vigente.