CSIF propondrá al resto de organizaciones sindicales fijar un calendario conjunto de movilizaciones en defensa de los derechos de los trabajadores laborales del IV Convenio único de la AGE
Desde CSIF lo hemos intentado todo para conseguir que la Administración cumpliese lo pactado en el IV Convenio Único e hiciese efectivo tanto el encuadramiento de los trabajadores como el pago de las retribuciones que se les adeudan.
Para ello, hemos mantenido contactos permanentemente con Función Pública para procurar alcanzar una solución pactada, pero dado el tiempo transcurrido sin ningún movimiento por su parte y asumiendo que su única intención es dilatar la situación, HA LLEGADO EL MOMENTO DE EMPRENDER ACCIONES CONTUNDENTES QUE RECUERDEN A LA ADMINISTRACIÓN LA IMPORTANCIA DEL PERSONAL LABORAL DE LA AGE A QUIEN HA RELEGADO SISTEMÁTICAMENTE Y AHORA PARECE HABER OLVIDADO DEL TODO Y EXIGIRLE QUE CUMPLA LO PACTADO EN EL IV C.U.
Es fundamental que se produzca el encuadramiento de los trabajadores para que, de una vez por todas, el IV C.U. comience a surtir sus efectos en materias tan importantes como movilidad, cambio de régimen jurídico, jubilación parcial o retribuciones complementarias.
La Administración no hace más que dilatar este encuadramiento sólo porque dice no tener dinero para hacer frente al pago de los atrasos. Pretendía introducir en el texto del acuerdo de encuadramiento un párrafo que establecía que para que este acuerdo desplegase sus efectos económicos, era necesario el informe de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, según lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Ley 2/2020 de 12 de enero y todos sabemos lo que esa Secretaría de Estado nos ha comunicado hace unos días, que NO HAY DINERO PARA PAGAR LOS ATRASOS DEL PERSONAL LABORAL.
CSIF defiende que este acuerdo (el encuadramiento del personal) no despliega ningún efecto económico ya que no se toca el anexo III del Convenio (tablas retributivas) es simplemente un trabajo técnico, la gestión de lo que indica el propio Convenio que es el acuerdo que sí despliega efectos económicos.
En su día, allá por el mes de marzo de 2019 cuando se firmó el Convenio que ahora la Administración pretende incumplir, sí existía informe favorable de Hacienda (ya que es un requisito indispensable para la entrada en vigor de un convenio colectivo y así se establece en el artículo 32 de la Ley 6/2018 de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) y por tanto tenía que existir la partida presupuestaria necesaria para abordar los pagos de la tabla salarial comprometida ya que en esa fecha ya estaban prorrogados los presupuestos del 2018.
De no ser así, estaríamos ante una evidente falta de buena fe negocial. Al haberse prorrogado estos presupuestos durante el 2019 y 2020 respectivamente, LA PARTÍDA SÍ TIENE QUE EXISTIR.
La postura de una de las partes firmantes del Convenio de no proceder al pago de las cantidades adeudadas a los trabajadores hasta que se aprueben, en su caso, los presupuestos del 2021, es una deslealtad para con el personal laboral y una gran injusticia que deja palpable, una vez más, la consideración en que la Administración tiene al colectivo y el desprecio absoluto que demuestra por la Negociación Colectiva.
INCUMPLIMIENTOS MÁS FLAGRANTES DE LA ADMINISTRACIÓN:
– Anexo I Encuadramiento (un año y cuatro meses después de la firma del Convenio)
– Anexo III del Convenio donde se establecen las tablas retributivas para el 2019. – Artículo 3 donde establece que los efectos económicos del Convenio regirán desde el 1 de enero de 2019 (un año y cuatro meses después de la firma).
– Revisión del sistema de retribuciones complementarias para lo que el Convenio establece la creación de una Comisión cuyos trabajos deberían haberse llevado a cabo durante el año 2019 (disposición adicional sexta)
– Negociación prevista en el Convenio sobre las condiciones de la jubilación parcial que debe ser efectiva el 1 de enero de 2021 (disposición adicional decimoprimera)
– Negociación de los procesos de cambios de régimen jurídico para el personal que realiza funciones reservadas por Ley a funcionarios (disposición transitoria primera)
– Puesta en marcha del concurso abierto y permanente y otras figuras de movilidad (capítulo I del Título VII) No podemos tolerar que estos incumplimientos se sigan produciendo ni tampoco podemos firmar acuerdos que dan carta blanca a la Administración para que pueda pagar a los trabajadores el dinero que les debe cómo y cuándo quiera.
Insistimos en que esa partida presupuestaria ya contaba con el visto bueno del Ministerio de Hacienda en marzo de 2019 y además existen figuras que el Gobierno puede llevar a cabo para cumplir los compromisos que ha adquirido tal y como ya hemos visto el año pasado y este mismo año pese a encontrarse prorrogados los presupuestos de 2018.
CSIF luchará con todos los medios a su alcance para defender los derechos de los trabajadores y exigirá que hagan lo que tengan que hacer para proceder al pago de los atrasos de forma inmediata. Los trabajadores laborales de la AGE ya han tenido suficiente paciencia y comprensión con la situación generada y esta tolerancia generosa está llegando a su fin. LOS ACUERDOS QUE SE SUBSCRIBEN ESTÁN PARA CUMPLIRSE