CSIF entrega a Presidencia del Gobierno un informe jurídico para aplicar la subida salarial a los empleados públicos en enero y asegura que se reserva «las medidas legales oportunas si el Gobierno en funciones retrasa la subida»
Una delegación de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha presentado un informe jurídico en el registro del Palacio de la Moncloa donde se justifica la aplicación de la subida salarial a todos/as los empleados públicos a partir del 1 de enero por la vía del Decreto-ley.
El informe que el sindicato pretende trasladar «a todos lo grupos parlamentarios» acreditaría «con jurisprudencia del Tribunal Constitucional las razones que justifican la actualización de salarios mediante la vía del Decreto-ley ante la ausencia de Gobierno en firme y la inminente llegada del nuevo año sin Presupuestos Generales del Estado» según señala el CSIF.
Tal y como apunta la Central Sindical, la subida salarial está determinada en el II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo de los empleados públicos suscrito entre los sindicatos y el Gobierno en 2018 y las medidas se aplicaron de manera sucesiva en 2018 y 2019 por gobiernos del PP y del PSOE. Se trata, por tanto de un acto administrativo, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así pues, CSFI sostiene que esta medida «entraría dentro del denominado «despacho ordinario de los asuntos públicos».
El Gobierno ya actualizó los salarios en 2019 amparándose en un Decreto-ley
Además, el sindicato advierte que el actual Gobierno actualizó los salarios públicos en 2019 amparado por el Real Decreto-ley 24/2018, donde argumentaba la utilización de esta fórmula en base a que concurrían las “circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de la Constitución». Es por ello que CSIF entiende que «si concurrieron entonces las premisas de interés general y de urgente necesidad, ahora también se siguen dando las mismas circunstancias y aún estando el Gobierno en funciones no existe ninguna limitación legislativa para seguir dilatando la ejecución de dicha subida«.
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