El sindicato, en una primera valoración de la Sentencia del TJUE sobre la situación de abuso de la temporalidad, en este caso más flagrante si cabe tratándose de personal laboral reconocido en fraude de ley por el propio Tribunal Supremo, entiende que además de dar una solución de estabilidad en el empleo, de ahí los acuerdos suscritos en la función pública, refrendado en vía parlamentaria, debe servir para poner fin al fraude y abuso en la contratación en las administraciones públicas.
Esta nueva Sentencia del TJUE, sobre el fraude en la contratación y transposición de directiva 1999/70/CE sobre abuso de la temporalidad en el ámbito público, se circunscribe a tres supuestos concretos, pero no por ello gravísimos en el ámbito laboral (no funcionarial) puesto que se trata de personal con reconocimiento del Tribunal Supremo en abuso de temporalidad desde hace años y que las administraciones públicas no han dado solución.
Se trata de personal que tiene reconocido la figura de “indefinido no fijo” por jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), hecho que reconoce el fraude en la contratación a la vez que preserva la garantía de acceso al empleo público bajo los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad recogidos en la Constitución Española.
En este caso el TJUE pone en cuestión varias materias y/o medidas contempladas en el RDL 14/2021, Ley 20/2021 y PGE 2018 respecto al cumplimiento de la directiva sobre abuso de la temporalidad respecto al personal laboral indefinido no fijo, ya que esto debería haberse resuelto hace varias décadas.
El hecho de poner en cuestión los procesos de consolidación o estabilización, el TJUE, como medida para combatir el abuso en la contratación, es algo que comparte este sindicato, en tanto en cuento, son procesos para dar soluciones a la reducción de la alta tasa temporalidad y de paso a dar la oportunidad de fijeza a las plantillas, pero esto no puede ser, en ningún caso, como así está reflejado en los acuerdo suscritos en la función pública, como una medida disuasoria contemplada en la cláusula quinta de la Directiva, algo que tiene que ser en clave de sanción y responsabilidad, como así está concretado.
Estos acuerdos, establecen la puesta en marcha de procesos de estabilización en el empleo, compensaciones económicas y cláusulas sociales para dar solución definitiva al abuso de la temporalidad, además de instar a las administraciones públicas a implantar sanciones ejemplares en la responsabilidad que les compete, todo ello recogido en la Ley 20/2021 además de procesos extraordinarios, sin que esto suponga el derecho que les asiste al personal afectado para iniciar acciones legales y a la vez modificaciones establecidas en el propio TREBEP para evitar a futuro fraudes en la contratación.
Por ello, desde el área pública, conociendo que hay más de 500.000 plazas convocadas en todas las administraciones públicas y sector público, de las que ya hay un alto porcentaje de personas que han podido adquirir la fijeza y que aún quedan pendientes de resolver un buen número de ellos, queremos dar una respuesta de tranquilidad al personal, esperando que este año que finaliza el proceso de estabilización en el empleo, comprometido así con la unión europea, pueda resolverse favorablemente el mismo, a la vez de poder acometer el necesario rejuvenecimiento de las plantillas y el reconocimiento de las mismas a su carrera y promoción profesional, hecho del todo legítimo y necesario.
CCOO seguirá trabajando por la estabilidad, la recuperación del empleo público y el reconocimiento a la mejora de las condiciones de trabajo y salariales de las empleadas y empleados públicos.