La resolución publicada este viernes, 29 de julio, en el Boletín Oficial del Estado se aprobó el pasado 18 de julio en el Consejo de Ministros. Se trata de una medida incluida en el Plan Integral Socioeconómico de la Ciudad de Ceuta
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la resolución por la que se designa los puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y la prestación de servicios para los buques pesqueros de terceros países. Una resolución en la que se incluye por primera vez el puerto de la ciudad de Ceuta.
Esta medida viene incluida en el Plan Integral de Desarrollo Socioeconómico de la Ciudad Autónoma de Ceuta, dentro de su Eje 2 que hace referencia a Infraestructuras y Vivienda. Concretamente se trata de la medida E2.M07: “Inclusión de Ceuta en el listado de puertos para prestación de servicios portuarios y operaciones y creación de un Puesto de Control Fronterizo en Ceuta”.
La resolución publicada este viernes sustituye las tres precedentes, publicadas en 2009, 2010 y 2020 sobre designación de puertos.