Fernández Marugán recomendó un cambio normativo para que las sujeciones mecánicas no pudieran emplearse como medio de contención en estos centros. La Institución, en su condición de MNP, presta especial atención a los menores y jóvenes que cumplen condena en los Centros de internamiento de menores infractores (CIMI)
El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, valora positivamente que la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la Infancia y la adolescencia frente a la violencia asuma el criterio de la Institución y promueva la prohibición del uso de contenciones mecánicas en los centros de internamiento para menores infractores (CIMI).
En 2020, Fernández Marugán formuló una recomendación al Ministerio de Justicia con el objetivo de abolir estas prácticas que en los últimos 10 años han provocado la muerte de tres jóvenes en centros de Madrid, Melilla y Almería.
El Defensor pidió un cambio en el reglamento de responsabilidad penal de los menores, en el que se regulan las sujeciones mecánicas, para acabar con estas prácticas como medio de contención en los Centros de internamiento de menores infractores (CIMI).
La Ley de Protección de la Infancia, publicada en el BOE el pasado sábado, recoge en su disposición final undécima, la modificación de algunos artículos de la Ley de responsabilidad penal de los menores. En concreto, modifica el artículo 59 prohibiendo de forma expresa “la contención mecánica consistente en la sujeción de una persona a una cama articulada o a un objeto fijo o anclado a las instalaciones o a objetos muebles”.
Para Fernández Marugán “es un paso muy importante” y confía en que este cambio pronto se plasme en el reglamento de responsabilidad penal de los menores, tal y como pedía la Institución.
Desde hace años, el Defensor viene actuando en relación a la práctica de sujeciones mecánicas a personas privadas de libertad. Así, en 2017, la Institución, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) publicó una Guía de buenas prácticas en contenciones mecánicas en la que pedía que se evitaran las reducciones a través de acciones potencialmente lesivas para internos e internas y abogaba por realizar maniobras previas de diálogo o desescalada con personal entrenado y formado para ello.
Visitas a Centros de internamiento de menores infractores
El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de España, ha realizado más de un centenar de visitas a centros de este tipo desde que comenzó su actividad. En 2020, ha llevado a cabo siete inspecciones y nueve actuaciones no presenciales en el periodo de confinamiento más estricto ocasionado por la COVID-19.
Al Defensor le preocupa especialmente la situación de los menores y jóvenes que cumplen condena en estos lugares. Fernández Marugán ha señalado, en diversas ocasiones, que no deberían ser “centros de castigo, sino de rehabilitación para conseguir que los menores a su salida puedan integrarse en la sociedad como ciudadanos y ciudadanas responsables”.
En este sentido, ha recibido con satisfacción este cambio normativo que confía en que redunde en la reinserción social de estos jóvenes que debe ser el objetivo último de su paso por estos centros.