El importe de la nómina del mes de noviembre en Ceuta fue de 778.821,36 euros, habiéndose abonado desde la entrada en vigor de la norma un total de 12.901.817,36 euros
El Boletín Oficial del Estado nº 304 ha publicado la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV), dando cumplimiento a recomendaciones internacionales y con la finalidad de poner en marcha un mecanismo de garantía de ingresos de ámbito nacional.
Esta norma introduce mejoras respecto al Real Decreto-ley 20/2020, norma que regulara el IMV, hasta el 1 de enero de 2022, fecha de entrada en vigor de esta nueva Ley. Hasta ahora, en Ceuta se han recibido más de 5.700 solicitudes, actualmente, se ha tramitado el 97%. En total, se han aprobado 1.698 prestaciones, con 5.820 beneficiarios. La prestación ha tenido un gran impacto en la reducción de la pobreza infantil, ya que casi el 43% de los beneficiarios son menores.
El importe de la nómina del mes de noviembre en Ceuta, fue de 778.821,36 euros, habiéndose abonado desde la entrada en vigor de la norma un total de 12.901.817,36 euros.
Mejoras más significativas
El complemento de ayuda a la infancia, que llegará a los beneficiarios de la prestación con menores a cargo, pero también a otras familias de rentas bajas, ya que se elevarán los umbrales de renta garantizada y patrimonio establecidos para cada tipología de hogar.
En concreto, este complemento será de 100 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 70 euros al mes por cada niño entre 3 y 6 años y de 50 euros al mes por cada menor de entre 6 y 18 años y lo recibirán los hogares que cumplan dos requisitos:
Aquellos que no superen el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar y que no superen el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar. Es decir, lo cobrarán los actuales perceptores del IMV con menores a su cargo y otros hogares de rentas bajas, pero no en pobreza extrema.
Además, se han introducido mejoras para ampliar la cobertura de colectivos especialmente vulnerables, como los jóvenes que han estado bajo la tutela de las entidades públicas. También se han igualado las condiciones de las familias monoparentales con cuatro o más hijos o menores a cargo; las personas con discapacidad (superior al 65%) recibirán un complemento del 22% para la unidad de convivencia y, finalmente, se ha exceptuado del cómputo de rentas las prestaciones que reciben las personas por dependencia y las prestaciones o subsidios por desempleo.
También se facilita el acceso a través de otras medidas, como la reducción del plazo de antigüedad de la unidad de convivencia de 12 a 6 meses para acceder a la prestación. En el caso de los titulares menores de 30 años, se ha rebajado de 3 a 2 años el requisito de acreditación de vida independiente para solicitar la prestación.
Entre las mejoras, se ha convertido en permanente la posibilidad de solicitar la prestación con los ingresos del año en curso y se han elevado los umbrales de renta y patrimonio para estos casos, con el fin de que el IMV sea más sensible a las situaciones de pobreza sobrevenida.