El Gobierno ha impuesto a la compañía propietaria del buque «K ONSET» garantías financieras que ascienden a más de 500.000 euros. Este conjunto de medidas busca cubrir los costes de limpieza y prevenir futuras incidencias, subrayando la seriedad con la que se toman los incidentes de contaminación marítima.
El Gobierno ha exigido garantías que superan los 500.000 euros a la compañía propietaria del buque «K ONSET», de bandera liberiana, responsable de un grave incidente de contaminación por fuel en el Puerto de Ceuta el pasado 30 de abril de 2024.
El incidente, que ha provocado una notable preocupación ambiental, ha llevado a las autoridades a investigar exhaustivamente las causas y las circunstancias del vertido. La inspección realizada en la nave el mismo día del suceso ha revelado que el vertido podría constituir una infracción grave según el Real Decreto Legislativo 2/2011, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, así como a la legislación marítima internacional.
Como resultado de las investigaciones, la Capitanía Marítima de Ceuta ha adoptado varias medidas provisionales para asegurar la responsabilidad de la empresa naviera y garantizar la cobertura de los costes asociados con el incidente y sus consecuencias. Entre estas medidas se incluyen tres garantías financieras de carácter significativo y diverso en su aplicación:
- Garantía inicial de 250.000 euros: Esta cantidad está destinada a asegurar la eficacia de la resolución final del expediente administrativo sancionador que se pueda incoar. Es una garantía sustitutoria de la retención del buque y debe ser consignada en la Caja General de Depósitos con carácter indefinido.
- Garantía de 290.000 euros para SASEMAR: Este importe está específicamente destinado al abono de los gastos en los que haya incurrido la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) en relación con las instrucciones impartidas por la Administración Marítima respecto al «K ONSET».
- Garantía adicional de 60.000 euros para SASEMAR: Similar a la anterior, esta suma cubre gastos adicionales posiblemente generados por la SASEMAR bajo las directrices de la Administración Marítima. También es una garantía sustitutoria de la retención del buque.
Además de las garantías financieras, se han impuesto requisitos administrativos y de reporte al capitán del buque. Estos incluyen la entrega de un informe detallado sobre el incidente y sus causas, la presentación de documentación esencial como el Certificado de Registro del Buque y el Documento de Cumplimiento según el Código ISM, y la notificación de los datos del propietario y del asegurador del buque.
El capitán debe también designar un domicilio en España, tanto en nombre propio como en el de su naviero, para efectos de notificación de las actuaciones del expediente administrativo. Esta obligación se extiende igualmente al propietario y al asegurador de la responsabilidad civil del buque.