Las modificaciones del Reglamento se dirigen a facilitar la armonización de los conectores para determinados tipos de equipos. También se establece que los consumidores podrán decidir si comprar determinados equipos sin cargador
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructurales Digitales, ha publicado en audiencia pública el proyecto de Real Decreto que modifica el Reglamento que regula la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos con el fin de facilitar el uso de un cargador único (USB tipo C) en beneficio de los consumidores.
En esta fase de la tramitación se pretende conocer la opinión de ciudadanos y actores afectados por la norma que establece nuevos requisitos para los cargadores de determinados equipos radioeléctricos. Estos promueven la interoperabilidad entre los dispositivos de carga, simplificando su uso para los consumidores, y reducen residuos y costes innecesarios mediante la reutilización de cables y cargadores.
Esta modificación del Reglamento, que transpone la Directiva de la UE de 2022, regula la armonización de los conectores y los protocolos de comunicación de carga para determinadas categorías de equipos.
Permitirá también garantizar que los consumidores y otros usuarios finales dispongan de información clara y comprensible para decidir si adquirir o no un cargador al comprar un nuevo dispositivo.
Equipos radioeléctricos
Los equipos radioeléctricos que a partir del 28 de diciembre de 2024 deberán cumplir con los nuevos requisitos establecidos en relación con el cargador único son:
- teléfonos móviles portátiles;
- tabletas;
- cámaras digitales;
- auriculares;
- auriculares con micrófono;
- videoconsolas portátiles;
- altavoces portátiles;
- lectores de libros electrónicos;
- teclados;
- ratones;
- sistemas portátiles de navegación;
- auriculares internos
- ordenadores portátiles (a partir del 28 de abril de 2026)