Ante el conocimiento de que el actual gerente de Acemsa, cuando era director técnico en la misma empresa, pudo haber permitido que se perdonase el pago de la tasa de acometida de un contrato de agua a una «persona de relevancia», el MDyC solicita el cese inmediato del gerente como medida cautelar. Este es un nuevo volumen de una trama, la gerencia de Acemsa, que esta legislatura parece avocada a la polémica.
El nombramiento del gerente fue cuanto menos accidentado. Hasta en tres ocasiones se intentó sin que se llegase a buen puerto, teniendo el Gobierno que realizar un cuarto esfuerzo convocando un consejo extraordinario de un día para otro, del que el Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC) aseguró no haber recibido notificación alguna. Un hecho este, que de demostrarse cierto, pondría en tela de juicio la legalidad del nombramiento del gerente de Acemsa, dado que el reglamento exige tener constancia de que los grupos parlamentarios han sido notificados oficialmente.
El MDyC dijo entonces que el nombramiento suponía un ejemplo de mala praxis democrática y un «atropello» a los grupos minoritarios de la Asamblea. Pues bien, por si el fuego no tuviese suficiente leña, el medio «Ceuta Actualidad» publicaba ayer que el recién nombrado gerente habría permitido que una «persona de referiencia» no abonase a Acemsa la tasa de acometida de un contrato de agua. De confirmarse la noticia, el actual gerente habría incumplido lo reglamentos de la empresa de la que ahora es máximo representante cuando ejercía de director técnico. Razón suficiente para los de Fatima Hamed para pedir que se abra un expediente informativo y se suspenda cautelarmente al gerente hasta que se aclaren los hechos.
Incompatibilidad para el cargo
Además, el MDyC apunta a que el nuevo gerente de Acemsa no tiene dedicación exclusiva para con la empresa municipal, como establecen los estatus de la misma. Actualmente, el gerente de Acemsa «es el responsable del contrato de Gestión del Servicio Público de Limpieza Viaria y de Recogida de Residuos Domésticos, así como de una serie de proyectos que lleva a cabo el Ayuntamiento a través de encomiendas o empresa municipales».
Así pues, los de Hamed entienden que «la realización de estas actividades por parte del gerente para el MDyC son incompatibles con el desarrollo de su cargo, primero por la exigida exclusividad que señala los estatutos de la empresas y segundo porque el volumen de trabajo que existe en la empresa impide que se puedan ejercer otras actuaciones».
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