La nueva orden cursada desde la dirección general de la Guardia Civil merma la capacidad de actuación de los agentes del Servicio Marítimo que están controlando las costas españolas y deja sin cubrir los distintos enclaves estratégicos que son usados por las mafias del narcotráfico y las redes de tráfico de personas para llegar a las costas de Andalucía, Ceuta y Melilla.
Según denuncian asociaciones profesionales de guardias civiles en los últimos años el Ministerio del Interior, dirigido por Marlaska, ha mermado la capacidad de prestar servicio en todas las áreas de competencia del instituto armado lo que va en contra de poder ofrecer un servicio eficaz a la ciudadanía.
La Unión de Guardias Civiles muestra su preocupación por el desprestigio de la imagen que el cuerpo está mostrando ante organismos nacionales y extranjeros por la pérdida de peso institucional y la capacidad de prestar servicios con la calidad y la profesionalidad que los tiempos requieren.
Una prueba de ello la viene sufriendo uno de los servicios esenciales para combatir las redes de narcotráfico en las costas españolas y luchar contra las redes de tráfico de personas que usan la inmigración irregular como negocio, sobre todo en la frontera sur de Europa, donde las patrullas del Servicio Marítimo de la institución no dan mas de si, trabajaban 24 horas y solo les reconocían para el cómputo 15.
Según vienen denunciando las distintas asociaciones profesionales, a la que pertenecen también agentes del marítimo, el pasado mayo, una orden que actualmente está en fase de modificación dictada por el General de División Jefe del Estado Mayor trasladada al Mando de Fronteras y Policía Marítima que dice “la Orden General número 15/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden General 11/2014, de 23 de diciembre, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio y la jornada y horario de la Guardia Civil, al objeto de eliminar las limitaciones que pudieran impedir que, el personal que presta servicio en las patrulleras medias, pudiera dejar de percibir los incentivos al rendimiento establecidos en dicha norma. Hasta que no se produzca dicha modificación, todo el personal de los diferentes Servicios Marítimos Provinciales seguirán acogidos a la Orden General 11/2014, de 23 de diciembre, sin aplicar las modificaciones introducidas por la Orden General 15/2022, de forma que si hasta el día de la fecha alguna de las unidades citadas ha efectuado servicios de 24 horas descontando, a efectos de tiempos de referencia, 15 horas, revisará la grabación de dichos servicios contabilizando la totalidad de las horas realizadas como de servicio cumplimentado. Por otro lado, si algún Servicio Marítimo Provincial está nombrando servicios de 12 horas, puede seguir haciéndolo de conformidad con lo dispuesto en la Orden General 11/2014, de 23 de diciembre”.
Ahora, según denuncian las mismas fuentes, una hora después de la dimisión la Directora General, El Teniente General de Costas y Fronteras dictó una nueva orden, la última bajo el mando de Mercedes González, la directora más breve de la democracia.
En la nueva orden establecen los criterios para la planificación de del servicio del SEMAR y prevé que por “las exigencias técnicas que se derivan del medio de transporte utilizado para prestar el servicio, y las características y condiciones que impone el medio marino hacen que la actividad laboral, en general, o la prestación del servicio, en particular, que se lleva a cabo en la mar presenta unas características que las singularizan que conllevan que la regulación del trabajo para la gente de la mar esté diferenciada del resto. Así, existe normativa nacional que, alineada con normas internacionales, aportan unos criterios generales de regulación. Criterios de regulación que no sólo tienen una componente de ordenación de la jornada de trabajo en la mar, sino que están relacionados con el mantenimiento de las condiciones de seguridad en la navegación tanto para el buque propio como para el resto de tráfico marítimo.
De la aplicación de dicha normativa laboral se excluye la prestación del servicio de las tripulaciones del Servicio Marítimo del Cuerpo (SEMAR), lo cual no es óbice para que puedan tenerse en consideración sus principios inspiradores, en especial por la influencia que la jornada de trabajo, y por lo tanto el esfuerzo a que pueden verse sometidas las tripulaciones, tiene sobre la obligación de garantizar, en todo momento una vigilancia eficaz tendente a evitar riesgos” excluyendo la norma a los agentes que componen las patrulleras y embarcaciones semirrígidas que prestan servicio en el mar.
Y es ahí donde para las asociaciones está el agravio con respecto a las tripulaciones del SEMAR. Lo que les parece grave es que no se contabilicen las horas de embarque al igual que las de trabajo. “Un general puede decir que el tiempo a bordo, aunque no estamos interviniendo o en seguimiento de alguna operación, es de descanso y no es verdad” asegura una fuente consultada por este medio.
La citada norma determina en su artículo 11 que “los servicios no deberán tener una duración superior a las ocho horas, introduciendo una salvedad en relación con el lugar en que el mismo se desempeña. Aunque no se explicitan como tal losmedios marítimos del SEMAR, cabría entender que, por la singularidad de los mismos, la norma general permite sobrepasar dicha duración requiriendo, en todo caso, una justificación. Esta norma general convive con un tratamiento diferenciado para los buques oceánicos y patrulleras de altura”
Es por todo lo anterior que los agentes del SEMAR se sienten abandonados “a la hora de prestar el servicio para poder actuar contra las embarcaciones que cruzan a diario el estrecho de Gibraltar con grandes cargamentos de droga o las embarcaciones rápidas que usan para transportar personas migrantes y que no dudarían de lanzarlas al agua si los delincuentes se sienten perseguidos” revela la fuente consultada y que “están llegando a las costas andaluzas cientos de personas migrantes procedentes de Marruecos y a las que en caso de accidente tampoco podríamos socorrer. Las bandas conocen que nuestra actuación es limitada con turnos de 12 horas, hay más relevos y menos personal por turno” Las patrullas de tierra no dan abasto para identificar y atender a las personas que llegan a diario a las playas desembarcadas de grandes lanchas semirrígidas, “los compañeros de tierra cuando ven las gomas repletas de personas preguntan, ¿Dónde está el marítimo? Habría que preguntarle al Tte General” sentencia la misma fuente.
Debido a la orden firmada por el jefe de fronteras y policía marítima de la GC, que limita las tripulaciones e impone turnos, el sábado el SEMAR de la Guardia Civil ha estado inoperativo en Ceuta. No hay personal suficiente para sacar la patrullera. Solo en caso de emergencia y se refiere a emergencia si es la de un aviso de alguna persona ahogándose. No pueden hacer control de embarcaciones rápidas que se dirijan a la península cuando sean detectadas por el SIVE.