El agresor fue condenado a la pena de tres años y cuatro meses de prisión por agresión sexual a menor en grado de tentativa
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de un penado contra el auto de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta. Este ha acordado no revisar la sentencia que lo condenó por un delito de agresión sexual a menor de 16 años en grado de tentativa.
En el recurso de apelación contra la sentencia ya se emplearon argumentos análogos a los que ahora se articulan en el recurso, que no obtuvieron amparo en la resolución dictada por esta Sala el 29 de abril de 2021.- El Tribunal Supremo dictó auto inadmitió la casación por auto de 14 de octubre de ese mismo año.- En estas dos resoluciones se analizaron la mayor parte, si no todos, de los argumentos que se vierten en el recurso sobre la “menor” entidad de los hechos, la diferente cultura del autor, las peculiaridades de la intervención policial o la ausencia de testigos no vinculados familiarmente a la menor y en ninguna de aquéllas se atendieron los razonamientos de la defensa acerca de la atipicidad del hecho o de su escasa trascendencia.-