Lo adelantaba esta mañana Ceutaldia.com. La Fiscalía pide cuatro años de libertad vigilada para tres menores detenidos el pasado mes de julio, en compañía de otros tres jóvenes que pasaban la mayoría de edad, cuando fueron pillados in fraganti abalanzándose con malas intenciones sobre un grupo de menores migrantes en el Puerto.
Los hechos tuvieron lugar durante la madrugada del 23 de julio. La Policía Nacional detuvo a un grupo de seis jóvenes ceutíes, repartidos en tres motocicletas, cuando se disponía, presuntamente, a amedrentar a un «número indeterminado» de menores migrantes en el Puerto. Semanas antes, el colectivo Maakum había denunciado públicamente agresiones a varios de los menores migrantes a los que acompañan y algunos menores migrantes también formalizaron denuncias en la Jefatura Superior de Policía por presuntas agresiones y robos con violencia.
El Cuerpo Nacional de Policía dispuso en el puerto a un agente de incógnito que fue testigo de como estos seis jóvenes (tres de ellos menores de edad) «de forma violenta y agresiva, arrinconaron contra la pared a un número indeterminado de ellos impidiéndoles su libre deambulación y produciéndoles una fuerte sensación de desasosiego, ya que días antes grupos similares les habían agredido causándoles diversas lesiones”, según apunta la Fiscalía en la información adelantada por Ceutaldia.com.
Por la otra parte, los menores mantienen su versión inicial. Aseguran que su intención al dirigirse a las inmediaciones de la zona portuaria era repostar gasolina en sus ciclomotores y que fueron los menores migrantes los que adoptaron un actitud amenazante y agresiva.
Libertad Vigilada
A los menores se les imputan dos delitos de coacciones y amenazas por los que tendrían que, de aceptar el juez la petición de la Fiscalía, pagar una pena de dos años de libertad vigilada por cada delito.
Durante el periodo de «Libertad Vigilada», según el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, a un menor se le imponen varias medidas que van desde la «asistencia regular al centro docente correspondiente; someterse a programas de tipo formativo, cultural, educativo, profesional, laboral, de educación sexual, vial o similares; prohibición de acudir a determinados lugares; comparecer ante el Juzgado de Menores o profesional que se designe, para informar de las actividades que realiza y justificarlas; cualesquiera otras que el Juez, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal estime convenientes para la reinserción social, que no atenten contra su dignidad».
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