Lo ha anunciado el portavoz del Ejecutivo, Alberto Gaitán, como medida para paliar el impacto económico que la crisis sanitaria provocada por el coronavirus está provocando
El Gobierno local ha ampliado hasta el próximo 30 de abril los plazos para el pago de todo tipo de deudas tributarias titularidad de la Ciudad en periodo voluntario o ejecutivo cuyo vencimiento se produzca a partir del 18 de marzo. Igualmente, se trasladan hasta esa fecha los vencimientos de los plazos y fracciones de los acuerdos de aplazamientos y fraccionamiento concedidos por la Ciudad, según ha anunciado el portavoz del Ejecutivo, Alberto Gaitán.
Los plazos para atender requerimientos, diligencias de embargo, solicitudes de información con trascendencia tributaria y para formular alegaciones ante actos de apertura de dicho trámite o de audiencia, dictados en procedimientos de aplicación de los tributos, sancionadores o de declaración de nulidad, devolución de ingresos indebidos, rectificación de errores materiales y de revocación, igualmente se extienden hasta el día 30 de abril.
Además de lo anterior, la Ciudad quiere dar publicidad a las medidas adoptadas por el Gobierno local con el único objetivo de «incidir favorablemente en la economía local tanto a nivel individual y familiar como a nivel empresarial y comercial», ha matizado Gaitán.
Aplazamiento de deudas tributarias
Se podrá solicitar aplazamiento de todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones de tributos titularidad de la Ciudad de Ceuta cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha actual y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive. Gaitán ha enumerado las condiciones del aplazamiento que será de «seis meses, no se devengarán intereses de demora y se dispensa de la obligación de constitución de garantía cuando las deudas tributarias sean de cuantía inferior a 3.000 euros».
Como pueden comprobar estos aplazamientos serán de aplicación entre otras a las autoliquidaciones de IPSI tanto operaciones interiores como a su apartado de importaciones, exceptuándose únicamente los gravámenes complementarios.
Plazo de pago en periodo voluntario
El plazo de pago en periodo voluntario de todas aquellas deudas de naturaleza tributaria de vencimiento periódico titularidad de la Ciudad, queda «automáticamente ampliado hasta el día 5 del segundo mes siguiente a la finalización del estado de alarma«.
Actualmente, afecta al IVTM (vehículos) y, «en función de cómo evolucionen los acontecimientos, al IBI», ha matizado Gaitán.