Mucho se está hablando acerca de esta cuestión en las últimas semanas. De hecho, son varios los partidos políticos que han rescatado del olvido un acuerdo con Marruecos que entró en vigor en 2012 para priorizar la devolución de menores migrantes, pero, ¿en qué condiciones?
El documento oficial en el que se registra el acuerdo expone taxativamente que el interés superior del menor debe prevalecer: «El interés superior del menor debe constituir la base de toda cooperación entre las Partes Contratantes«, y además enfatiza en que la Convención Internacional de los derechos del niño está por encima del propio acuerdo entre ambos países.
¿Qué significa?
¿Qué quiere decir esto? Pues que si un menor argumenta y justifica que en su país de origen va a estar en peor situación que en España o simplemente se niega a volver, por ley, habría que asumir la decisión del menor y mantener su status de «acogido». Da igual que ambos países, el de acogida y el de origen, pactasen y acordasen su regreso, una negativa del menor es suficiente motivo para invalidar cualquier pacto de exteriores. Así lo dictaminan las normas y principios del derecho internacional y de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Pues bien, aún a sabiendas de la imposibilidad de ejercer la devolución forzosa o no deseada de menores migrantes a su país de origen, el Gobierno del Partido Socialista ha iniciado los primeros trámites que se registran dentro del acuerdo firmado entre España y Marruecos para la repatriación de menores migrantes. Desde el Ejecutivo aseguran que se trata solo del primero de los pasos para iniciar la devolución de los menores. De hecho, argumentan que no es seguro, bajo ningún concepto, que esta repatriación vaya a fructificar. Este primer paso consiste en mantener entrevistas con 23 migrantes que la Comunidad de Madrid afirma haber seleccionado por ser «susceptibles de ser repatriados», aunque desde el Ministerio de Interior explican que desconocen cuáles son los criterios que han seguido para la selección.
En las entrevistas, según informan desde Interior: «Debe estar presente la delegación alauita, el/la menor, un/a educador/a, un/a fiscal de menores y un/a intérprete». No menciona la asistencia letrada. Y es aquí donde muchas asociaciones y ONG encuentran que no se atiende a los intereses del menor al no ofrecerle cobertura jurídica. La delegación marroquí necesaria para iniciar estas entrevistas se encuentra ya en Madrid.
Menores en situación de calle
Hay que recordar de dónde vienen muchos y muchas de estos niños y niñas. Unos/as escapan de la pobreza o de la explotación infantil (en España no es legal trabajar con menos de 16 años. Se considera explotación laboral de menores). Otros/as han sufrido agresiones sexuales reiteradas, bien en su entorno familiar o bien por proxenetas locales que abusan de su vulnerabilidad. Algunos/as (sobre todo las chicas) tenían su destino ya escrito en forma de matrimonios concertados con personas que podrían ser sus padres o incluso sus abuelos. Y otros/as simplemente persiguen el sueño de prosperar y tener un futuro más digno del que podían encontrar en su tierra. Partiendo de esta base ¿Quién querría volver a cualquiera de esos ambientes una vez que ha conseguido escapar?
Si el Gobierno de España, lo ocupe el partido que lo ocupe, está dispuesto a cumplir la legislación internacional en materia de migración y la Convención de Derechos del Niño de 1989 (España es un «Estado Parte» de esa convención de forma oficial desde 1990), difícilmente podrá devolver o repatriar menores migrantes a su país de origen, sea este Marruecos o sea cualquier otro. Solo podrá hacerlo con aquellos que realmente deseen volver, si es que los encuentra.