El Ejecutivo ha reiterado que esta decisión es «imprescindible» para combatir la pandemia del coronavirus. Ha advertido también que esta crisis sanitaria es un paréntesis y no se podrá despedir por tal motivo
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se prolonga el Estado de alarma hasta el 11 de abril, ampliando así los primeros 15 días de aislamiento que se declararon el pasado 14 de marzo. La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha asegurado que el esfuerzo de permanecer otros 15 días en confinamiento en casa es «imprescindible» para contener la propagación del virus y ganar tiempo para que el sistema sanitario pueda mantener su «capacidad de respuesta asistencial y atienda a la totalidad de las personas enfermas».
Por otra parte, el Gobierno también ha adoptado un Real Decreto-ley con medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados de la crisis sanitaria del COVID-19. Por esta nueva normativas se ofrece una mejor cobertura y establece medidas específicas para algunos sectores. Además, pretende agilizar la contratación pública durante la crisis causada por la coronavirus y evitar que «nadie pueda aprovecharse de la crisis sanitaria para despedir», ha recalcado Montero.
La norma establece mecanismos legales para que los empresarios puedan acudir a los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) y asegurar el mantenimiento de los contratos. En este sentido, no podrán propiciar despidos por causas de fuerza mayor, técnicas, económicas, organizativas y de producción.
El Gobierno impedirá el despido
Los contratos temporales no se extinguen, sino que se interrumpen y se reanudarán una vez concluya la crisis sanitaria. Los expedientes de regulación de empleo se simplificarán, las empresas tendrán que rellenar un formulario con los datos personales del trabajador, su Documento Nacional de Identidad y su número de cuenta. Las oficinas del servicio público de empleo tramitarán y reconocerán las prestaciones por desempleo con prontitud. Estas prestaciones se otorgarán incluso a aquellas personas que no cumplen con los plazos de cotización previa habituales.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social revisará de oficio todos los ERTE y comprobará las causas alegadas para solicitarlos. En caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones o si se observa cualquier tipo de fraude, las empresas «tendrán que devolver hasta el último céntimo de euro percibido, incluida la prestación por desempleo del trabajador afectado».