La Audiencia Provincial de Cádiz ha ordenado reabrir el caso contra el ex portavoz del Gobierno y ex consejero de Gobernación y Empleo de Ceuta, Jacob Hachuel. Está acusado de archivar los expedientes disciplinarios de dos policías locales a los que el juez condenó a dos años de prisión por una paliza a un sexagenario
Dos agentes se sobrepasaron contra un hombre y la Audiencia Provincial de Cádiz entendió que habían cometido un delito de lesiones con agravante por el hecho de estar en el ejercicio de sus funciones. Fueron condenados a dos años de prisión y una multa, aunque por el artículo 80 y siguientes del Código Penal no entraron a prisión. Jacob Hachuel decidió archivar sendos expedientes disciplinarios, y a demandas de la familia Mizzian, la justicia empezó a investigar si puede haber un delito administrativo en este gesto.
El caso se ha archivado dos veces, la última en 2017 aunque en abril los Mizzian volvieron a recurrir la decisión. La Audiencia Provincial que había archivado el caso ha decidido reabrirlo porque entiende que Hachuel pudo contradecirse en algunas de las declaraciones que hizo ante el magistrado entre otras cuestiones. Por ejemplo, el auto indica que el ex consejero de Gobernación sostuvo que diferentes versiones sobre su conocimiento de la condena que el mismo tribunal había impuesto sobre los agentes.
Falta de competencias de Gobernación
En el recurso de apelación al segundo sobreseimiento la acusación particular pide que el tribunal observe que si Hachuel había declarado no tener «competencia para acordar la separación del servicio de los policías locales», tampoco podía sobreseer los expedientes. Mizzian también quería hacer notar que parte del delito de los dos policías locales constituía «una infracción disciplinaria». Esta podría haber implicado hasta seis años de inhabilitación de los agentes.
También se investiga si Hachuel pudo ser presionado por terceras personas
La apertura del caso entiende dos puntos principales: en primer lugar, que no era Gobernación -la consejería de Hachuel- si no Recursos Humanos quien tiene la competencia de delimitar «la pérdida de la condición de funcionario». En segundo lugar, si la decisión del ex consejero «pudiera estar propiciado o preparado de alguna manera por terceros que fueran conscientes de que se estuvieran apartando de las normas aplicables».
Había «señales de alerta»
Entre otras consideraciones notables del magistrado, «mientras más llamativo sea el apartamiento del ordenamiento jurídico es más difícil de ver en ello un mero error«. También que «en el procedimiento disciplinario existían actuaciones que habrían de haber generado señales de alerta sobre que el mismo se estaba desviando de su finalidad». Entre estas señales de alerta se vislumbran el conocimiento de la pena de prisión para los policías locales o un informe de la Dirección General de Recursos donde «ya se advertía de una manera u otra que podría haberse incurrido en una infracción disciplinaria».
]]>