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Portada Actualidad

Indemnizaciones por Desaparecidos en Catástrofes Naturales: El Caso de la DANA en Valencia

Redacción por Redacción
19/11/2024
en Actualidad, Nacional
Tiempo de lectura: 2 minutos
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En redes sociales y plataformas de mensajería, circulan mensajes que sugieren que el número de fallecidos por la DANA en Valencia está siendo ocultado para evitar el pago de indemnizaciones de 72.000 euros por familiar fallecido. Sin embargo, es importante aclarar que, según la normativa vigente, los familiares de desaparecidos pueden solicitar esta ayuda una vez se declare el fallecimiento por resolución judicial.

El Gobierno de España ha establecido una ayuda de 72.000 euros para los familiares de fallecidos debido a la DANA en Valencia. Esta medida está recogida en el artículo 3 del Real Decreto-ley 6/2024, que aborda los daños causados por este fenómeno meteorológico. La normativa elimina el requisito de demostrar dependencia económica de la víctima, facilitando así el acceso a la indemnización.

¿Qué ocurre con las personas desaparecidas?

Según el Ministerio del Interior, los familiares de un desaparecido pueden obtener la ayuda de 72.000 euros una vez se emita una declaración de fallecimiento por resolución judicial. Los abogados María Clemades y Juan Añón explican que, a efectos legales, un desaparecido puede ser considerado fallecido tras obtener dicha resolución.

El Código Civil de España regula la declaración de fallecimiento en su artículo 193, permitiendo solicitarla tres meses después de un siniestro como la DANA. En otros casos, el plazo es de diez años desde la última noticia del ausente, o cinco años si el ausente tenía más de 75 años.

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Declaración de fallecimiento: implicaciones y procedimiento

La declaración de fallecimiento es una resolución judicial que permite considerar fallecida a una persona desaparecida. Esto inicia el proceso sucesorio, aunque los herederos enfrentan ciertas limitaciones sobre los bienes heredados. Para solicitarla, se debe acudir al Juzgado de Primera Instancia correspondiente, describiendo las circunstancias del caso y aportando pruebas necesarias.

Los familiares más cercanos, como el cónyuge no separado legalmente o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, pueden solicitar esta declaración. Además, cualquier persona con derechos sobre los bienes del desaparecido o el Ministerio Fiscal también pueden hacerlo.

En conclusión, los familiares de desaparecidos por la DANA en Valencia tienen la posibilidad de solicitar la declaración de fallecimiento pasados tres meses desde el siniestro. Este trámite les permite acceder a la indemnización de 72.000 euros que el Gobierno ofrece por deceso, proporcionando un apoyo económico crucial en momentos de pérdida.

Tags: catástrofes naturalesdesaparecidosindemnizacionesseguridad ciudadanavalencia
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