La Instrucción 8/2021 del secretario de Estado de Seguridad recuerda que los agresores de mujeres con antecedentes por hechos similares no solo son capaces de agredir con mayor lesividad a la mujer con quien mantienen una relación sentimental, sino también a otras nuevas parejas a lo largo de su vida
La Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior ha ampliado y endurecido las medidas de control que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado adoptan en el caso de los agresores reincidentes de mujeres, al objeto de mejorar la estrategia preventiva y evitar tanto el incremento de la violencia que ejercen sobre sus parejas o exparejas así como que en el futuro puedan sumar a nuevas mujeres como víctimas de su comportamiento delictivo.
Este nuevo catálogo de medidas preventivas están recogidas en la Instrucción 8/2021 que ha firmado este martes el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, y que ha sido remitida tanto a Policía Nacional como a Guardia Civil para su inmediato cumplimiento.
El Área de Violencia de Género de la Secretaría de Estado de Seguridad, que gestiona el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén), ha constatado que los agresores de mujeres con antecedentes por hechos similares no solo son capaces de agredir con mayor lesividad a la mujer con quien mantienen una relación sentimental, sino también a otras nuevas parejas a lo largo de su vida.
Son agresores persistentes en cuyos antecedentes constan previos quebrantamientos de las medidas judiciales de protección o agresiones físicas y sexuales previas, aspectos que duplican las posibilidades de volver a quebrantar otra medida judicial futura en comparación con otros agresores denunciados por delitos de violencia de género que carecen de esos antecedentes.
Para prevenir el riesgo que estos agresores reincidentes entrañan, la instrucción amplía y detalla el catálogo de medidas orientadas a prevenir el círculo tan lesivo de violencia que representan y mejorar las estrategias de monitorización, supervisión y prevención.
En este sentido, los agentes policiales actuantes en cada denuncia de violencia de género tendrán que observar especial atención cuando el agresor registre denuncias previas con la misma o distintas víctimas. En estos supuestos, además de las medidas ya previstas en los protocolos de actuación vigentes, los agentes deberán, entre otros extremos:
- En el momento de comunicar al denunciado que su caso de violencia de género queda sometido a seguimiento policial, informarle de que las medidas de control y protección adoptadas se podrán extender a otras víctimas previas de su acción agresora.
- En los supuestos de solicitud a la Fiscalía del seguimiento obligatorio del agresor a través de un dispositivo telemático de control, los agentes deberán explicitar en el atestado policial que constan denuncias de otras víctimas en el Sistema VioGén, así como destacar que el denunciado presenta un notable riesgo específico de comisión de nuevos hechos delictivos con la misma víctima y con otras.
- En los Casos de Especial Relevancia con una valoración del nivel de riesgo alto o extremo, los agentes deberán realizar una evaluación periódica actualizada del riesgo respecto de las otras víctimas activas en el Sistema VioGén vinculadas al mismo denunciado, así como el contacto con víctimas en situación de Caso Inactivo inferior a 90 días. Las Fuerzas de Seguridad extremarán la vigilancia del cumplimiento de las medidas judiciales acordadas, dado que estos agresores presentan mayores probabilidades de vulneración de las mismas.
- En la ficha que de cada caso existe en el Sistema VioGén deberá constar que se trata de un Caso Persistente, apunte que deberá también incluirse en cualquier otra documentación que se ponga a disposición de los agentes para las tareas propias de seguridad de las víctimas.
Más información
En el caso de los agresores persistentes, el Sistema Viogén generará un informe automatizado adicional dirigido a las autoridades judicial y fiscal con independencia del nivel de riesgo detectado, que se incluirá en el atestado policial y que recogerá tanto las características e implicaciones de este tipo de agresores como las circunstancias concretas de cada caso y la peligrosidad del agresor controlado para mejorar la calidad de información de la que disponen los jueces y tribunales a la hora de tomar sus decisiones.
Además, en el momento en el que los agentes policiales ejecuten las medidas incluidas en el Plan de Seguridad Personalizado (PSP) que genera el Sistema VioGén tras la primera valoración de seguimiento de cada víctima, le informarán del riesgo especial que para ella entraña la condición de reincidente de su agresor.
En este sentido, la instrucción del secretario de Estado de Seguridad pretende mejorar la percepción del riesgo que tienen las víctimas de agresores persistentes y facilitar que adopten las mejores decisiones respecto a su protección y, por tanto, prevenir su revictimización.
Para ello, los agentes encargados de la protección de una víctima de un agresor persistente le transmitirán esta información la primera vez que tomen contacto con ella, así como en las posteriores entrevistas si lo consideran conveniente, para evitar que el riesgo que corren pueda pasarles inadvertido.
Esta instrucción completa el actual mecanismo de protección de las víctimas de violencia de género fijado en la Instrucción 4/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que estableció un nuevo protocolo para la valoración policial del nivel de riesgo de violencia de género, ampliado mediante la Instrucción 5/2021 sobre protocolo de primer contacto policial con víctimas en situación de desprotección (Protocolo Cero).