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Portada El Foro de Opiniones

IU Ceuta recurrirá al Defensor del Pueblo para exponerle la situación de tres ceutíes en riesgo de exclusión social

Antonio García por Antonio García
20/10/2020
en El Foro de Opiniones
Tiempo de lectura: 6 minutos
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Izquierda Unida Ceuta denunciará al Defensor del Pueblo la situación personal de Abdelmalik, Pedro y Nordin, entendiendo que se vulneran los derechos fundamentales de nuestra constitución, la denegación por parte de asuntos sociales de la Ciudad Autónomade Ceuta en cuanto al derecho a una vivienda digna de nuestros compatriotas anteriormente citados, los afectados llevan ya muchos meses viviendo una pesadilla que les afecta tanto a nivel emocional como familiar, hostales improvisados como albergues por la Ciudad, donde viven hacinados en cuatro paredes, sin poder cocinar y sin la privacidad que toda familia necesita para vivir, el primer derecho vulnerado de nuestros compatriotas es el derecho a la vivienda digna, artículo 47;

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«Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos»

Constatando de primera mano que las circunstancias de estas personas son lamentables e inhumanas en cuanto a tener una vida digna con sus familias.

Unos de los derechos más vulnerados junto al de la vivienda digna es de los menores, en el caso de Nordin y Abdelmalik viven es esas circunstancias con sus hijos menores que sufren estas situaciones, donde creemos que la Ciudad quebranta el derecho al menor de forma consciente y sin la previsión o buena voluntad de cambiar estas circunstancias personales, donde el artículo 39 de la construcción española expresa;

1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Creemos que se vulneran no sólo los derechos constitucionales de nuestros compatriotas, también se vulneran los derechos humanos en toda regla de sus hijos, hay reglas internacionales de los derechos humanos que defienden no sólo a los progenitores sino a sus hijos y familias.

En el caso de Abdelmalik vemos muy grave que en la anterior promoción de vivienda pública estuviera en la citada mal llamada lista fantasma de las 317 VPO de Loma Colmenar, que nuestro defendido tuviera en ese momento el derecho por su situación a esa vivienda, que al sortearse las viviendas para así tapar el PP su mal gobierno, Aldelmaik perdió ese derecho previamente ya concedido, para IU el único fantasma en esa lista son el señor Vivas y sus políticas inconstitucionales, sortear, rifar las necesidades de la gente es algo repugnante que vulnera todo principio constitucional, entendemos que dicha llamada lista fantasma pagaron justos por pecadores, lo más prudente era respetar la lista y pulgar a los que se beneficiaron ilícitamente de ello, Abdelmakik no sólo perdió ese derecho constitucional que le asiste como español sino que lo pagaron también sus hijos y su mujer, en este apartado IU Ceuta considera que fue una burda manera tapar la ponzoña corrupta del ejecutivo del PP y por ende del mal gobierno de nuestra ciudad, junto a una oposición que no demostró la determinación de denunciar tales actos.

Como medida a tomar por nuestro grupo político nos vemos avocados a denunciar al Defensor Del Pueblo habiendo previamente llamado a todas las puertas, delegación, Sepe, asuntos sociales de Ceuta, donde hemos tenido palabras prefabricadas de buenas intenciones pero a la vez estériles, consciente de que la última palabra en este macabro juego del hambre lo tiene la Ciudad de Ceuta que lleva gobernando esta ciudad durante ya 20 años sin la previsión social de las desdichas de nuestros ciudadanos de Ceuta, donde como refleja la ley haremos uso de un derecho constitucional que defienda a nuestros ciudadanos, en donde se expresa:

Medidas constitucionales de protección

Los principios de protección de la familia y de la infancia recogidos en el artículo 39 de la Constitución Española gozan de las siguientes medidas de protección, establecidas por la propia Constitución:

  1. El Defensor del Pueblo se encuentra designado, en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Constitución Española, como alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos recogidos en el Título I de la Constitución, encuadrando el artículo 39 de la Constitución dentro del mencionado Título I.
  2. El artículo 39 de la Constitución Española se integra dentro del Título I de la Constitución, prohibiéndose la adopción de Decretos-Leyes que afecten a los derechos, deberes o libertades recogidos en dicho Título I, aun en los supuestos de extraordinaria y urgente necesidad en los que, para la regulación de otras materias, sí resulta procedente recurrir a los Decretos-leyes  (art. 86.1 de la Constitución Española).
  3. El artículo 39 de la Constitución Española se integra dentro del Capítulo III («De los principios rectores de la política social y económica») del Título I de la Constitución, disponiendo el artículo 53.3 de la Constitución que el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el mencionado capítulo informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.
  4. Sin embargo, dichos principios sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen (artículo 53.3 de la Constitución).

A todo ello pensamos  y creemos desde IU que en Ceuta no se ha hecho absolutamente nada por la protección de las personas vulnerables de nuestros conciudadanos, no tenemos albergue municipal, no tenemos un sistema de alquiler social, una red de solidaridad social con bancos o empresas y particulares, donde las personas más vulnerables pueda tener una respuesta social por parte de la administración local, creemos que no hay excusas, ni siquiera han barajado tal posibilidad, no se quiere hacer nada por la ineptitud de este gobierno que mira para otro lado ante los problemas de la gente, en especial de las personas más vulnerables, por todo ello haremos uso de ese derecho constitucional y lo que representa la última instancia de la defensa de nuestros compatriotas, daremos a conocer de todo ello al Defensor de Pueblo.

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