Esta mañana se ha celebrado el juicio por el caso del archivo del procedimiento administrativo sancionador a dos Policías Locales condenados por un delito de lesiones, en el que el exconsejero de Gobernación, Jacob Hachuel, ha declarado como investigado por un presunto delito de prevaricación, por el que la acusación particular solicita 11 años de inhabilitación. Por su parte, tanto Hachuel como su defensa han insistido en el desconocimiento y la falta de asesoramiento al entonces portavoz del Gobierno para firmar el decreto y la fiscalía no ha presentado cargos, al no considerar que se haya producido este presunto delito de prevaricación
Este martes se ha celebrado el juicio, ante la Audiencia Provincial de Cádiz, de Jacob Hachuel, exconsejero de Presidencia, Gobernación y Empleo de la Ciudad, como investigado por un presunto delito de prevaricación por la suspensión del procedimiento administrativo sancionador de dos Policías Locales, condenados por un delito de lesiones.
Durante la vista oral del juicio, el que fuera consejero y portavoz del Gobierno, a quien la acusación particular atribuye que «dictó un decreto el día 05/01/2016 en el que “sobreseyó” el procedimiento sancionador» ha alegado que él fue quien firmó el decreto, pero no quien lo redactó y ha basado su defensa en que desconocía las características técnicas del mismo.
Hachuel ha insistido en su desconocimiento normativo y en que acudió hasta a 5 jurídicos para ser asesorado, aunque también ha señalado que «no le resolvieron del todo las dudas». El que fuera responsable de Gobernación y por tanto de la Policía Local en Ceuta cuando se archivó la causa de los dos policías, ha insistido en que no ha cometido delito alguno. «No soy un prevaricador«, ha afirmado.
La Fiscalía, por su parte, no ha presentado cargos ante el investigado. «Consideramos que no es delito de prevaricación», ha señalado la fiscal durante la vista del juicio, argumentando que para que ocurra un delito de prevaricación se debe tomar «una decisión arbitraria» y basándose en la diferencia de opiniones de los técnicos que, según la fiscal, puede llevar a confusión.
Los hechos del juicio se remontan a 2015, cuando «la Audiencia Provincial de Cádiz, dictó una sentencia condenatoria en la que se les impuso a los referidos policías una pena de prisión y otra de inhabilitación
especial para el ejercicio de la función de policía local de Ceuta durante el mismo plazo, como accesoria de la anterior, en aplicación de los artículos aplicando los artículos 54 y 56 del Código Penal, reduciendo el Tribunal Supremo la extensión de esta última tras estimar un recurso de casación. En los trámites de ejecución del fallo condenatorio anteriormente indicado dicho Tribunal dispuso la suspensión de la pena de prisión impuesta conforme con los artículos 80 y siguientes del Código Penal, lo que entendió que era extensible a su sanción
accesoria, precisamente, por tal carácter», tal y como explica el escrito de la acusación.
«El día 30/04/2015, partiendo de que se tenía conocimiento de la condena en firme de los dos policías locales, se incoó un procedimiento administrativo sancionador contra ellos por la entonces Consejera de Presidencia, Gobernación y Empleo de la ciudad de Ceuta», continúa el texto.
«El investigado, como nuevo Consejero de Presidencia, Gobernación y Empleo, dictó un decreto el día 05/01/2016 en el que “sobreseyó” el procedimiento sancionador», señala la acusación particular, que por este acusa de prevaricación al que fuera consejero. Finalmente el juicio ha quedado visto para sentencia.