La Sala VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia in voce, condenando a A.M. a 2 años de prisión por un delito de abuso sexual a un menor de 14 años. Los hechos ocurrieron en marzo de 2021, cuando «abordó al menor bajándole los pantalones y haciendo rozamientos con sus genitales»
La magistrada de la Audiencia ha anunciado la sentencia in voce, condenando a A.M. a la pena de dos años de prisión, a no acercarse a la víctima a menos de 100 metros por un periodo de 12 años, libertad vigilada y a la inhabilitación para ejercer cargo alguno para trabajar con menores.
La fiscal ha solicitado que, al no tener antecedentes, se le suspenda la pena de entrada en prisión, aunque no se podrá acercar a la víctima, no podrá cometer delito alguno y se le obligará a ejercer un curso sobre educación sexual.
Se ha acordado así, la suspensión de la pena por un tiempo de tres años, a no ser que incumpla alguna de las medidas, como quebrantar la orden de alejamiento y con la condición de no volver a delinquir durante los tres años de la suspensión de la misma. Se le condena a las costas y al pago de 500 euros en condición de responsabilidad civil.
Los hechos ocurrieron el pasado 22 de marzo de 2021, cuando A.M. se hallaba en la calle Fernandez de Ceuta, en la puerta de la vivienda de la víctima, «de la que tenía sus llaves de casa por su relación vecinal, cuando vio llegar al menor, y con quien venía manteniendo una relación de amistad, de forma que, con ánimo de atentar contra su indemnidad sexual y de satisfacer su deseo libidinoso, el procesado lo agarró del brazo dirigiéndolo hasta la vivienda, seguidamente lo introdujo en una de las habitaciones y le bajó los pantalones, rozando con su pene la zona de los alrededores del ano, llegando a introducírselo, lo que ocasionó que el menor comenzara a llorar, consiguiendo salir de la vivienda».