La Capitanía Marítima ha actualizado las normas básicas de seguridad marítima en las aguas de Ceuta, con una gran novedad: Los canales de balizamiento solo podrán ser utilizados por embarcaciones y motos autorizadas de empresas que necesiten usar el canal, la Guardia Civil y Salvamento Marítimo, prohibiendo su uso para el resto de embarcaciones. Además, los usuarios de motos de agua deberán usar chaleco de 100 N, aunque se aceptan excepcionalmente de 50 N con su marcado CE rueda de timón
La Capitanía Marítima de Ceuta, publica, como cada verano, las normas específicas para las aguas de Ceuta relacionadas con la seguridad marítima, en las que se tienen en cuenta las limitaciones del litoral ceutí, esto es, la superficie de lámina de agua y los metros de playa disponibles, con el objetivo de preservar la seguridad de la vida humana en el mar, la seguridad en la utilización de embarcaciones de recreo y artefactos, y la seguridad de los legítimos usuarios de las zonas de baño.
Este año, como principal novedad y tras el análisis de la incidencia de las motos náuticas en el número total de expedientes administrativos sancionadores incoados por la Capitanía Marítima de Ceuta en los dos últimos años, a partir de las denuncias recibidas del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, se han adoptado medidas extraordinarias de protección en los canales balizados de las playas con un mayor grado de ocupación.
En la zona reflejada en la imagen, la velocidad de las embarcaciones de recreo, EAV, artefactos flotantes y artefactos náuticos autopropulsados se limita a un máximo de 3 nudos. Las maniobras de abarloe se harán a la mínima velocidad de gobierno, extremando la vigilancia por si hubiera bañistas en las proximidades de la embarcación fondeada.
Además, en las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación para las embarcaciones de recreo, EAV, artefactos flotantes y artefactos náuticos autopropulsados, aunque se permite el lanzamiento y la varada de embarcaciones de recreo, EAV, artefactos flotantes y artefactos náuticos autopropulsados a través del canal habilitado en la Playa de Calamocarro, a una velocidad máxima de 3 nudos. En el canal está prohibido el fondeo.
También, se prohíbe el lanzamiento y la varada de embarcaciones de recreo, EAV, motos náuticas y artefactos náuticos autopropulsados a través de los canales habilitados en la Playa de la Ribera, Playa del Chorrillo y Playa Benítez.
Otra de las novedades es la relativa al uso de los chalecos salvavidas en las motos de agua, quedando estipulado que cualquier usuario de una moto náutica, tanto si está a su gobierno como si es pasajero, deberá llevar puesto un chaleco salvavidas homologado con un mínimo de 100 N de flotabilidad.