El solar, propiedad de Emvicesa, cuenta con más de 750 metros cuadrados de superficie. Esta semana se están realizando trabajos de desbroce y limpieza del terreno; el medio propio Tragsatec ya está redactando la primera fase de un proyecto que será financiado con fondos europeos
Tal y como adelantara el consejero de Fomento y Turismo, Alejandro Ramírez, en el Pleno del pasado mes de noviembre, el Gobierno de la Ciudad tiene previsto la construcción de 29 viviendas de alquiler social, con sus correspondientes garajes y trasteros, en Huerta Téllez, concretamente en una parcela de carácter residencial de más de 750 metros cuadrados y propiedad de la empresa pública Emvicesa.
En el marco de las ayudas con fondos europeos, por el que la Consejería de Fomento y Turismo ha suscrito un convenio con el Ministerio de Transportes, Viviendas y Agenda Urbana (MITMA) por un importe de 1,02 millones, esta misma semana han comenzado los trabajos de desbroce y limpieza del solar.
De manera paralela, el medio propio Tragsatec ya está redactando la primera fase del proyecto, que contempla la construcción de viviendas en edificios sostenibles en materia de eficiencia energética. La construcción no solo cumplirá con los requisitos de energía del Código Técnico de la Edificación, sino que reduce estos valores en un 20 % más. De esta forma, las viviendas tendrán un consumo de energía primera no renovable que no superará los 28 kKW/m² al año.
El programa de necesidades albergará viviendas de uno y dos dormitorios, siendo algunas de ellas adaptadas. Se pretende aprovechar igualmente el desnivel de la parcela para distribuir en tres plantas sobre rasante las viviendas, es decir, la planta baja más dos niveles de pisos, además de plantas bajo rasante para la construcción de los garajes y trasteros.
Características y condiciones del alquiler
La Ciudad, en cumplimiento del artículo 60 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, destinará las viviendas a alquiler social. Igualmente, bajo la prioridad del criterio social y tal y como establece el artículo 68 de dicho RD, las viviendas financiadas con cargo a este programa solo podrán ser arrendadas a personas que vayan a tener su domicilio habitual y permanente en ellas.
Asimismo, y de acuerdo al artículo 66 del referido RD, el precio del alquiler de las casas deberá figurar en la resolución de la ayuda. El acuerdo suscrito entre la Consejería de Fomento y el MITMA estipula unos límites, cuyos máximos son de 7 euros por metro cuadrado de superficie útil de la vivienda y de 4,2 en el caso de los garajes y trasteros.
El precio del alquiler se aplicará en el momento de la formalización del contrato de arrendamiento, siendo objeto de actualización anual conforme a la variación anual del IPC. Por último, y a propuesta de la Ciudad, los ingresos máximos de los arrendatarios en su conjunto deberán atender los siguientes criterios: 4 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en el caso de las condiciones generales de los arrendatarios, y 5 veces el IPREM para personas con discapacidad.