Se destinarán a alumnos de estudios superiores y el plazo para solicitarlas, dependiendo del tipo de ayuda, de entre 5 y 15 días hábiles
El Gobierno de la Ciudad invertirá 572.000 euros en becas así lo ha aprobado esta mañana el Consejo de Gobierno, tal y como ha anunciado el portavoz del Ejecutivo, Alberto Gaitán, durante la rueda de prensa posterior al mismo.
Una financiación de 72.000 € con cargo al 2020, se desitnará para financiar 8 ayudas Extraordinarias de 9.000 €; y los 500.000 € restantes, para beneficiarios con cargo al presupuesto de 2021.
¿Qué estudios se becan y con cuánto importe?
Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado o enseñanzas universitarias a extinguir, en los siguientes casos:
- Cursadas en Ceuta con carácter presencial o a distancia. 800 €.
- Cursadas fuera de Ceuta, en territorio nacional, excluyendo aquellas que se puedan cursar, con carácter presencial, en la ciudad de Ceuta. 2.650 € más 200 € de ayuda al transporte.
- Cursadas fuera de territorio nacional, en un Estado miembro de la Unión Europea, excluyendo aquellas que se puedan cursar, con carácter presencial, en la ciudad de Ceuta. 3.000 € más 200 € de ayuda al transporte.
Enseñanzas de formación profesional de grado superior, pertenecientes a ciclos formativos de grado superior no impartidos en Ceuta. 1.500 € más 200 € de ayuda al transporte.
Enseñanzas no universitarias del ejercicio coreográfico, lírico y musical, arte dramático, canto, danza y el sector audiovisual, no impartidas en Ceuta. 1.500 € más 200 € de ayuda al transporte.
Estudios universitarios de formación de postgrado o de tercer ciclo, organizados por Administraciones Públicas, Universidades Públicas, o entidades e instituciones sin ánimo de lucro y con reconocimiento en el territorio nacional. 100% de los costes de matriculación, hasta un límite de 2.500 €.
¿Cuáles son los requisitos e incompatibilidades para ser beneficiario?
a) Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, siendo preciso en este último caso que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España.
b) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas que se enumeran en el apartado anterior.
c) Residir en Ceuta.
d) No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración o ente público o privado nacional o internacional.
e) Cumplir los requisitos académicos y los umbrales económicos establecidos.
¿Qué es la Ayuda Extraordinaria?
Con carácter extraordinario, se establece una ayuda de 9.000 € para el alumnado que, cumpliendo los requisitos y circunstancias establecidos para ser beneficiario, realicen estudios de Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado, fuera de Ceuta, siempre que dichos estudios no puedan ser cursados en Ceuta (ni de manera presencial ni a través de la UNED) y cuya renta familiar disponible sea muy baja.
¿Cuál es el plazo y la forma de presentación de las solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, excepto para las ayudas de carácter extraordinario cuyo plazo será de cinco días (5) hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Las solicitudes se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta en el enlace
¿Qué documentación debo preparar para solicitar la Ayuda?
Con carácter obligatorio:
CERTIFICADO DE MATRÍCULA ESTUDIOS
SOLICITUD AYUDA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y OTROS (Se proporciona en la Sede Electrónica)
LIBRO DE FAMILIA
CERTIFICADO CUENTA CORRIENTE (IBAN)
DOCUMENTO ACREDITATIVO MATRICULA CURSO PRECEDENTE
Más información en la Sede Electrónica o en el Negociado de Educación (Departamento de Becas y Ayudas), a través de cita previa https://www.ceuta.es/ceuta/cita-previa
¿Cómo se valorará mi solicitud?
La convocatoria puntúa cuatro factores:
1.- Número de miembros de la unidad familiar.
2.- Situaciones familiares desfavorables: desempleo, orfandad, monoparentalidad, discapacidad, otros hermanos universitarios, víctima de violencia de género o del terrorismo
3.- Ingresos económicos: se bareman del 1 al 10 según nivel de renta,
4.- Valoración académica: nota media del curso anterior del 0 al 10.
Se describen con detalle en las Bases Reguladoras: BOCCE Extraordinario nº 10 de 10 de febrero de 2020.