Según el auto al que ha tenido acceso El Foro de Ceuta, el Ministerio Fiscal que no concurren los requisitos para poder apreciarse la comisión de un delito de prevaricación administrativa, tal y como denunciaba el MDyC; ni la comisión de un delito de malversación de caudales públicos, ni de tráfico de influencias, ni un delito de negociaciones o actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función que denunciaban PSOE y Vox, respectivamente
El pasado 28 de enero de 2021 se iniciaron en la Fiscalía de Área de la Ciudad Autónoma de Ceuta Diligencias de Investigación Penal en virtud de denuncia presentada por la agrupación política Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC). Posteriormente se presentó denuncia, con fecha de 1 de febrero de 2021, en representación del PSOE de Ceuta, y un día más tarde, con fecha de 2 de febrero de 2021, se recepcionó denuncia del partido Vox de Ceuta.
Dichas denuncias, en síntesis, ponían en conocimiento de la Fiscalía hechos que podían revestir caracteres de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, y subsidiariamente de tráfico de influencias y abusos en el ejercicio de funciones, en relación con la vacunación irregular de algunas personas que no estaban incluidas dentro de los grupos prioritarios de vacunación, coincidiendo sustancialmente el contenido de sendas denuncias presentadas por PSOE y VOX con la ya presentada anteriormente el 28 de enero de 2021 por el partido Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía de Ceuta, por lo que se procedió a la acumulación de todas las denuncias en un mismo procedimiento.
Este mismo viernes, y tras el estudio de las denuncias de los tres partidos de la oposición el Ministerio Fiscal ha concluido que «no existen indicios de infracción criminal, al no concurrir ni siquiera indiciariamente los elementos constitutivos del delito previsto en el artículo 404 del Código Penal, ni tampoco de los otros delitos secundariamente apuntados por los denunciantes», por lo que ha acordado el archivo de las actuaciones.
Sobre la denuncia del MDyC relativa al posible delito de prevaricación administrativa, el Ministerio Fiscal entiende que «no concurren los requisitos para poder apreciarse la comisión de un delito de prevaricación administrativa, ya que ello exigiría el dictado de una resolución administrativa (escrita o verbal, incluso podría cometerse a través de las vías de hecho) que fuera contraria al ordenamiento jurídico, y es ahí donde reside la atipicidad de la conducta desplegada, pues a pesar de las irregularidades detectadas a la hora de incluir o no a determinadas personas en los grupos de vacunación y de las interpretaciones forzadas y arbitrarias que se hayan podido hacer del Plan de Vacunación aprobado por el Consejo Interterritorial de Salud lo cierto es que no nos encontramos ante una norma jurídica«.
Por su parte, las denuncias de las agrupaciones políticas PSOE y VOX apuntan a la posible comisión de un delito de malversación de caudales públicos, en este caso, el Fiscal tampoco ve indicios de delito ya que «la administración de la vacuna a determinadas personas saltándose el orden establecido o por consideración a su función no integraría un delito de malversación toda vez que el Estado español tiene una plan de vacunación universal para todos los ciudadanos de nuestro país, de forma que no se estarían destinando dichas vacunas a un fin distinto de aquel para el que fueron adquiridas y no existiría un quebranto del erario público, todo ello con independencia de la responsabilidad moral, social y política en que podría incurrirse«.
Según el Ministerio Fiscal, «tampoco puede estimarse la posible existencia de un delito de tráfico de influencias, ya que dicho tipo penal exige el dictado de una resolución que genere directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, elementos que no concurren en el presente caso».
De la misma manera, no existen motivos para la continuación de las actuaciones por un delito de negociaciones o actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función, ya que «las mismas deben suponer un contenido económico del que adolece el proceso de vacunación seguido en nuestra ciudad, sin que existan indicios de que ninguna de las autoridades o funcionarios actuantes se haya asegurado su participación en negociaciones, contratos o actuaciones».