La jueza del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Ceuta, ha imputado al líder de la Coalición Caballas un presunto delito de odio contra Vox por los hechos ocurridos en el Pleno del mes de enero de 2020, tras la filtración y publicación por este medio de unas conversaciones supremacistas vertidas en un grupo de WhatsApp atribuidas a los líderes de Vox. En aquel Pleno hubo gritos, insultos y amenazas cruzadas, Vox denunció a Mohamed Ali por ellas, sin embargo, la jueza del caso ha sobreseído provisionalmente por esa causa, imputándole un presunto delito de odio que Vox no ha denunciado. Caballas interpondrá un recurso de apelación porque se está generando «una clara indefensión»
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«A nuestros servicios jurídicos les ha sorprendido tremendamente que se impute a Mohamed Ali un supuesto delito de odio contra Vox» confiesa el asesor de la Coalición Caballas, Mohamed Mustafa, quien también fuera denunciado por Vox Ceuta por amenazas en aquel Pleno, aunque quedó absuelto por un «error de identificación» que finalmente reconocieron los representantes de VOX, según apuntaba el auto de sobreseimiento de la Jueza de instrucción; aunque Mustafa siempre mantuvo que «la identificación que hicieron sobre mi fue torticera, con muy mala fe y con un claro objetivo: amedrentarme”.
Pese a la absolución del asesor, el proceso por amenazas continuó contra el líder de Caballas, Mohamed Ali, acusado junto a otras personas que se encontraban en la sala de Plenos y que no pertenecían a su partido, «y entre las que no hay ninguna relación».
Para la «sorpresa» del partido localista, en la mañana de este lunes se ha hecho público el auto de la jueza por el que acuerda el sobreseimiento provisional del delito de amenazas denunciado por Vox, ya que «de las diligencias de investigación practicadas no resulta debidamente justificada la perpetración de este tipo delictivo, por cuanto las expresiones vertidas por los investigados, proferidas además en un contexto de confrontación política, especialmente reprobable en la grave crisis que atravesamos por la pandemia causada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, fueron fruto del acaloramiento del momento, y no se desprende que realmente las expresiones encerraran unas amenazas serias y firmes de perpetrar un mal contra los miembros de VOX Ceuta, ni un propósito deliberado de llevar las mismas al terreno de los hechos -así lo revela además la firma por las partes del acuerdo de convivencia de fecha 29/01/2020, lo que descarta en el nivel indiciario que pueda reputarse justificada la perpetración de un delito de amenazas colectivo«.
«Sin embargo -continua el auto- ello no quiere decir que los hechos investigados no tengan encaje en ningún tipo penal«, señalando que esta discusión entre los diputados de los diferentes grupos políticos podría constituir un delito de odio, porque «concurren indicios de que las expresiones vertidas por los investigados se debían a una situación previa de animadversión por el mero hecho de representar los denunciantes a un partido político determinado, en este caso VOX».
Algo que para Mohamed Mustafa es «increíble» porque «el delito de odio tiene un origen y una evolución, que pretende proteger a las minorías que históricamente habían sido discriminadas o violentadas, sin embargo aquí se utiliza para proteger a unas personas que son blancas, heterosexuales, que hacen alardes de su supremacía blanca y de pertenecer a la raza española en detrimento de los españoles que no piensan o son como ellos».
«El auto carece de respaldo jurídico»
Mustafa asegura que en el auto la jueza utiliza un capítulo para justificar el delito de odio, «utilizando como argumento a unas personas que se encuentran con otras en la calle y les llaman fascistas y que lo que pasa en el Pleno es lo mismo, pero esto es rotundamente falso», ya que es un momento de acaloramiento de los diputados de Caballas y Vox -tal y como se puede leer en el auto- «y ambos se intercambian insultos, a Mohamed Ali lo llaman payaso, le insultan reiteradamente y él contesta». Para el asesor de Caballas, «no se pueden comparar dos hechos diferentes«.
La jueza asegura además que aunque «no aparece acreditado que la intención fuera atentar directamente contra bienes jurídicos de los denunciantes, sí que tenían por finalidad, dado además el carácter público del pleno, fomentar la hostilidad contra VOX Ceuta, -partido político además con alto número de votos en esta Ciudad Autónoma, por lo que representan a una parte importante de la sociedad ceutí-, y por el mero hecho de ser integrantes del mismo. Una cosa es la legítima crítica política y otra muy diferente la animadversión«. Esto último, «algo muy grave» para el asesor localista, ya que «justifica que a un partido con menos votos hay que hacerle menos caso o valorar menos su verdad, aunque haciendo uso del refranero popular, la verdad es la verdad, la diga Agamenón o su porquero».
Sobre este punto, Mustafa precisa que «habría que tirar de casos de discusiones políticas muy acaloradas como el caso de Rontomé, o de Yamal Dris en los últimos plenos, pero aquí no se denuncia nada, aunque ha habido capítulos muy muy fuertes».
Para el asesor de la Coalición Caballas, los argumentos de la jueza «caen por su propio peso, porque llama poderosamente la atención que nos encontramos con valoraciones de la jueza sin expresiones objetivas, sino que se producen valoraciones con los hechos probados, sin calificaciones jurídicas».
«No podemos olvidar que Vox denuncia por un delito de amenazas, lo de delito de odio se lo saca la jueza de la manga, y además, hay que poner en valor que es la misma jueza que archiva la causa del Tarajal«, recuerda Mohamed Mustafa.
Caballas pedirá que se separen las causas
Mohamed Mustafa ha anunciado también que se solicitará, en el recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, se separen las causas, ya que «hay tres personas diferentes imputadas, con abogados diferentes y las circunstancias y los mensajes que se transmiten son diferentes, no deben ir en la misma causa«.