Este miércoles la Junta Electoral de Ceuta ha resuelto una resolución de sanción al PP por una publicación en sus redes sociales en la que los populares hablaban de los trabajos de pintado y mejora en diversas pistas deportivas de la ciudad
La multa que se impone al PP es de 300 euros por contravenir la prohibición recogida en el artículo 53 de la LOREG. La ultraderecha presentó la denuncia el pasado 11 de mayo y la Junta Electoral reconoce que la publicación en cuestión inducía a pensar que, es gracias al Partido Popular –y no a la propia institución, en cumplimiento del servicio a los intereses generales que tiene asignando por mandato constitucional-, el hecho de que se hayan procedido a efectuar remodelaciones en distintos polideportivos de la ciudad. Todo ello, advierte la Junta Electoral en su resolución, es “atentatorio contra lo previsto el párrafo 2 del artículo 53 de la LOREG por su indubitado carácter propagandístico electoral (asegurando su máxima difusión a través de la red social Facebook) fuera del momento habilitado a esos efectos por la LOREG”.
La resolución también señala que la publicación es contraria al “principio de neutralidad” de los poderes públicos durante el proceso electoral. La Junta Electoral manifiesta que “si bien no se solicita explícitamente el voto, se contienen manifestaciones y expresiones indicando determinadas actuaciones realizadas por el PP en Ceuta, manifestaciones que son tendentes a la captación del voto a favor de la formación denunciada por lo que resulta evidente que estamos ante un acto con intención electoral”.