El auto con la revisión modifica la pena de prisión de 11 años a 10 años, seis meses y dos días. El Ministerio Fiscal y la acusación particular se opusieron a la revisión, pero la defensa la solicitó ya que era más favorable para el reo
La Ley de Garantía de la Libertad Sexual, también conocida como la polémica Ley del ‘Solo sí es Sí’, se ha cobrado en Ceuta la primera revisión de condena que ha supuesto una modificación a la baja de la pena a un condenado por abusos sexuales. Así lo ha comunicado un auto de la Sección V de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, que ha hecho pública la rebaja de 11 años a 10 años, seis meses y dos días de este primer caso.
Además, se le impone la pena de 15 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación especial para la profesión, oficio o actividad que conlleven contacto regular directo con personas menores de edad y la pena de 4 años de la inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de menores.
Tras la entrada en vigor esta ley, el Servicio Común de Ejecución Penal trasladó la casuística al Ministerio Fiscal, a las acusaciones particulares y a la defensa, para que pudieran instar a una posible revisión de la sentencia. El Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares se opusieron a la revisión de la sentencia aludiendo a que esta no procedía. Sin embargo, la defensa sí que solicitó la revisión ya que era más favorable para el reo.
El Gobierno de la Nación se encuentra negociando cambios en la Ley del ‘Solo sí es sí’ desde el Ministerio de Igualdad, aunque no contempla tocar el consentimiento. El PSOE ha asegurado que presentará «lo antes posible» una propuesta para cambiar la norma que incluiría un aumento de las penas para los agresores sexuales.