El Gobierno ha publicado una nueva Ley en la que se impone el uso obligatorio de la mascarilla en «la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público»
Con esta nueva medida el uso de la mascarilla se hace obligatorio incluso en la playa o en otros espacios al aire libre aunque haya más de 1,5 metros de distancia interpersonal. Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado en su edición de este martes la nueva Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID19.
Tal y como recoge el preámbulo de la nueva Ley, esta responde al establecimiento de un deber general de cautela y protección que afiance comportamientos de prevención en el conjunto de la población, y con la adopción de una serie de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación, dirigidas a garantizar el derecho a la vida y a la protección de salud mientras perdure la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez expirada la vigencia del estado de alarma y de las medidas extraordinarias de contención, incluidas las limitativas de la libertad de circulación, establecidas al amparo de aquel.
El incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas establecido en el
artículo 6 será considerado infracción leve a efectos de lo previsto en el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y sancionado con multa de hasta cien euros.
Por tanto, con este nuevo decreto, que afecta a todo el territorio español, deberá llevarse siempre la mascarilla, tal y como señala la publicación del BOE, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
También en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. «En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote», apunta la Ley.