La farmacéutica ceutí, Ramia Hamed, explica cómo se debe controlar la medicación durante el mes sagrado del Ramadán, donde el ayuno es parte fundamental
El Ramadán corresponde al noveno mes del calendario (lunar) islámico. Etimológicamente viene de «Ramada», que significa quema o renuncia al pecado, a todo lo que no este acorde con las enseñanzas de Islam.
Para conocer cómo puede afectar está práctica religiosa, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Ceuta ha hablado con la farmacéutica ceutí Ramia Hamed, quien le atendió desde la oficina de farmacia ubicada en la barriada Príncipe Felipe. “Realizar el ramadán no es sólo ayunar, es una conducta de abstención, reflexión, oración, sacrificio y espiritualidad. Es un mes de purificación de alma”, explica Ramia.
Este ayuno sagrado es uno de los pilares del Islam. Ahora bien, existen excepciones y situaciones en la que las personas estarían exentas de realizarlo. La liberación de la abstinencia de alimentos y agua (diurna, ya que es un ayuno desde la salida a la puesta de sol) es lícita para cualquier persona que le suponga un deterioro de su estado de salud.
En cuanto a las personas con alguna afección, Ramia aclara que “hay que individualizar cada caso, pacientes distintos con una misma patología podrían no coincidir en la posibilidad de realizar el Ramadán. Nunca debemos generalizar una recomendación. Lo ideal sería informarse previamente, tanto médica como religiosamente y asegurarse de que todo irá bien durante este mes”.
“Sabemos que si teniendo «Nìyaa» (intención de ayunar), por circunstancias mayores no puede hacerlo o terminar el día, se podrá subsanar alimentando a una persona desfavorecida o repitiendo el ayuno después”, apunta.
Personas con medicación:
En general, la medicación que no aporte sustancias nutritivas ni hidratantes, ni lleguen en cantidad considerable al estómago a través de la cavidad oral, son compatibles con el ayuno. Si una medicación no es compatible con el ayuno el enfermo no debe ayunar.
Ramia argumenta que “lo ideal sería poder adaptar la pauta de administración medicamentosa, intentando adecuarla para darse en una o dos dosis diarias (durante el período nocturno), lo que facilitaría seguir cumpliendo el ayuno”.
“En otros casos, también se puede plantear un cambio de via de administración (cambiar la vía oral por transdérmica, anal, etc). Para esto es necesario un seguimiento fármaco-terapéutico para poder saber qué camino llevar y qué el medico de cabecera pueda recomendar estas pautas. Podemos decir que si el ayuno implica un empeoramiento de su estado de salud, retrasar su curación o aumentar el riesgo de recaída, la recomendación es no ayunar”, continúa diciendo.
Formas de administración de los medicamentos
La vía oral, siempre que se trague, inválida el ayuno. Es decir, cepillarse o enjuagarse los dientes, por ejemplo, no lo invalidaría.
Las demás vías, siempre que no aporten nutrientes ni hidratación al cuerpo, no lo invalida.
Por lo tanto, siempre que sea posible, lo recomendable es cambiar la vía de administración del medicamento.
No invalidan el ayuno las siguientes formas farmacéuticas :
- Inhaladores
- Colirios
- Gotas nasales
- Gotas oticas
- O medicación sublingual
Podemos descamar especialmente tres supuestos frecuentes:
1- Personas de muy avanzada edad, que aún pudiendo considerar intentar ayunar, esto le suponga un esfuerzo o carga extremos, por tanto se les permite no ayunar y compensarlo.
2- Se da la misma situación en mujeres embarazadas y lactantes, las cuales, si temen poner en riesgo su feto/bebé, tienen permitido abandonar el ayuno. Aunque hay alguna controversia, lo más aceptado y recomendado por los “sabios”, es compensarlo recuperando los días en los que no se ha realizado el ayuno. Es preciso puntualizar que, desde el punto de vista médico, una mujer embarazada (o lactante), que siga correctamente sus controles médicos, no padezca ninguna enfermedad y/o complicación asociada, y que se alimente correctamente durante el período nocturno, sobre todo habiendo superado el primer trimestre de embarazo, se puede considerar que está capacitada para cumplir con el ayuno de Ramadán.
3- Un caso relativamente frecuente es el de los diabéticos. Aquí la premisa es clara, hay que consultar e individualizar cada caso, incluso en los que reciben insulina. Conociendo muy bien el estadio de la enfermedad, los tipos de insulina y su mecanismo de acción, se podría plantear un cambio en la pauta de administración (p.ej. dar insulina de acción lenta 1 vez cada 24 h, y adaptar la administración de insulinas de acción rápida a las comidas, siempre en período nocturno, y pudiendo, en caso necesario (hiperglucemia), recibir una dosis correctora aún estando en período diurno de ayuno, ya que la insulina no es una sustancia nutritiva y se administra por vía subcutánea).
En cualquier caso, habría que ser muy cauto y seguir siempre las recomendaciones médicas, de manera que ante una circunstancia o complicación puntual como una hipoglucemia (sensación de mareo) o que se considere que el ayuno pueda suponer un empeoramiento del estado de salud, justificaría romper o no iniciar el ayuno.
También es reseñable añadir que las extracciones sanguíneas no invalidan el ayuno.
4- Cualquier persona que inicie el ayuno y que luego, independientemente de la causa, pueda tener hambre o sed severos, o cualquier otra situación que pueda repercutir gravemente en su estado de salud, deberá anular el ayuno y posteriormente recuperarlo.
Al margen de la medicación, es muy importante seguir una dieta equilibrada y sin excesos, ya que este puede ser uno de los factores más determinantes en el desarrollo y evolución de muchas enfermedades. “Se conoce una tendencia a desequilibrar nuestra dieta durante el mes de Ramadán. Esto debemos cuidarlo y cambiarlo”, concluye Ramia.
«Recuerda que desde la oficina de farmacia estamos para ayudarte. Consulta a tu farmacéutico de confianza o a tu médico ante cualquier duda sobre tu tratamiento», manifiestan desde el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Ceuta.