Una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad recoge la nueva regulación del teletrabajo para los empleados de la Administración Local
Este martes se ha publicado una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE), en la que la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública aparece el decreto por el que se aprueba la regulación de la modalidad de teletrabajo para los empleados de la Ciudad, adaptado a las actuales necesidades que se han puesto de manifiesto en estos meses de emergencia sanitaria.
El objetivo es complementar la regulación anterior del teletrabajo, que se ha venido aplicando todo este periodo a todas las personas que voluntariamente lo han solicitado y cumplen los supuestos previstos en la normativa: trabajadores que de forma temporal sufran una alteración o riesgo excepcional de la salud debidamente acreditado por informe médico del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, o bien que tengan reconocido por los servicios públicos de salud una incapacidad permanente, siempre que concurra una imposibilidad física de acudir a su puesto de trabajo; y quienes tengan a su cargo hijos menores de 14 años (hasta ahora la edad máxima era de 12) o personas dependientes, siempre que se acredite documentalmente y convivan en el mismo domicilio del solicitante.
A estos supuestos se le añade que el empleado deberá obligatoriamente realizar al menos el 20% de su trabajo, de forma presencial. Además el decreto garantiza el derecho a la desconexión digital, asegurando a su vez el derecho a la intimidad personal y familiar. El teletrabajo será siempre voluntario y reversible.