Desde la Jefatura Superior de Policía Nacional se hacen eco de la iniciativa puesta en marcha por el Canal Joven de la Agencia Española de Protección de Datos con la que se pretende concienciar acerca de las consecuencias de difundir contenidos sexuales, violentos, humillantes o degradantes que pongan en grave riesgo los derechos y libertades de los afectados
El Canal Joven de la Agencia Española de Protección de Datos ha tenido la iniciativa “Lo paras o lo pasas”. Con ella se quiere advertir de las consecuencias de difundir contenidos sexuales, violentos, humillantes o degradantes que pongan en grave riesgo los derechos y libertades de los afectados, y animar a evitarlos y no ser cómplice de ellas.
Esta iniciativa tiene el objetivo de que los/as más jóvenes conozcan en qué casos pueden denunciar la publicación en Internet de vídeos o fotos de contenido sexual, o de agresiones difundidas sin el consentimiento de las personas que aparecen en ellos ante el Canal Prioritario que ha establecido la Agencia Española de Protección de Datos, en especial cuando las imágenes sean de menores de edad.
«Lo paras o lo pasas» va dirigida a las personas que puedan recibir un contenido de este tipo, aunque inicialmente no lo grabasen ellas. Al ver publicado ese video o fotografía cada persona debe decidir qué hacer: si se convierte en cómplice o si va a actuar. El objetivo es transmitir que todas las personas pueden acudir a denunciar ante la Agencia la difusión de este tipo de contenidos y que no sólo tiene una responsabilidad quien inicialmente decide publicar un contenido de carácter sexual o violento sin el permiso de la persona que aparece en las imágenes sino todos aquellos que contribuyen a su difusión a través de las diferentes vías.
Casos en los que se puede acudir al Canal Prioritario
Este canal se ha habilitado para la atención de situaciones excepcionalmente delicadas, cuando los contenidos (fotografías o vídeos) tengan carácter sexual o muestren actos de agresión y se estén poniendo en alto riesgo los derechos y libertades de los afectados, siempre que éstos sean ciudadanos españoles o se encuentren en España, especialmente si se trata de menores de edad o de víctimas de violencia por razón de género. Pueden acudir a este canal tanto el afectado como cualquier persona que tenga conocimiento de la difusión de este tipo de contenidos.
En este sentido, debes tener en cuenta que, con carácter general, la actividad de los ciudadanos en las redes sociales está excluida de la aplicación de la normativa de protección de datos, siempre que se trate de actividades exclusivamente personales o domésticas. Por ello, podrás acudir a este canal sólo en casos excepcionales en los que, por tratarse de datos especialmente sensibles, la privacidad de la persona afectada se esté poniendo en grave peligro.