Ya se ha publicado en el BOCCE el nuevo decreto de la Consejería de Sanidad sobre las restricciones de cara a la Navidad, que estará vigente 15 días y en el que se disminuye el horario de cierre de los establecimientos hasta las 22:30, se realizará un listado de comensales de una misma mesa por parte de los establecimientos hosteleros y se prohiben los actos públicos, entre otras medidas
Ya se ha publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad el Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación por el que se establecen nuevas medidas preventivas para evitar o limitar la propagación del COVID-19, consecuencia de la actual situación epidemiológica en la Ciudad de Ceuta durante el periodo navideño.
Este nuevo decreto, que estará vigente durante los próximos 15 días, establece el cierre de la hostelería a las 22:30 horas, excepto los días 24 y 31 de diciembre, en los que tendrá que cerrar a las 18:00 horas, con la excepción de que el 31 de diciembre, día de Fin de Año, se podrán servir cenas de 21:00 horas a 1:30 horas, horario en el que se establece el toque de queda durante estas dos noches, siendo posible únicamente la movilidad hasta esa hora para volver al propio domicilio, en ningún caso para cambiar de reunión o permanecer en la vía pública.
El aforo de la hostelería sigue restringido según este decreto, al 30% en el interior de los establecimientos y al 50% en las terrazas, a excepción de los días 24 y 31, cuando el aforo podrá ser del 100% en las terrazas, aunque tendrá que mantenerse en todo momento la distancia de un metro y medio entre las sillas de las diferentes mesas. Queda prohibido también el uso de las barras en los bares y es obligatorio el uso de mascarilla en todo momento, excepto durante la comida.
Además, una de las novedades que establece este nuevo decreto, es que los responsables de los establecimientos hosteleros tendrán que realizar un listado con los nombres y el contacto de todas las personas que visiten el bar o restaurante y los comensales de cada mesa, el cual tendrán que conservar durante 10 días, con el fin de poder controlar posibles rebrotes en el caso que se diera algún contagio en el establecimiento.
Sobre las residencias, será posible la salida de los residentes hasta el próximo 7 de enero. Salida para la que se acreditará por parte de la Residencia que el usuario no ha tenido síntomas en los últimos 14 días anteriores y con un test negativo en las 72 horas previas a la salida.
Además, quedan suspendidas la San Silvestre y la travesía a nado, prohibidos los actos públicos, restringida la venta en puestos callejeros y suspendidos los mercadillos.