Desde este miércoles, los españoles que deseen jubilarse con el 100% de la pensión deberán tener al menos 66 años y ocho meses cumplidos. Esta será la edad requerida para aquellos que acrediten menos de 38 años y tres meses de cotización. Sin embargo, si se superan los 38 años y tres meses cotizados, los trabajadores podrán jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión.
Estos cambios son parte de la reforma de pensiones de 2013, que estableció un aumento progresivo de la edad de jubilación de 65 a 67 años en un plazo de 15 años. El requisito mínimo de cotización para acceder a la pensión contributiva se mantiene en 15 años, con al menos dos años dentro de los últimos 15 años antes de la jubilación.
Jubilación Parcial
Para acceder a la jubilación parcial sin un contrato de relevo, la edad mínima será la edad ordinaria de jubilación aplicable. Si la empresa ofrece un contrato de relevo, la edad mínima será de 62 años y ocho meses con más de 36 años y tres meses cotizados, o 63 años y cuatro meses con 33 años cotizados.
Jubilación Anticipada
La jubilación anticipada voluntaria permite retirarse hasta 24 meses antes de la edad legal. En 2025, la edad mínima será de 64 años y ocho meses, con al menos 35 años cotizados. Para carreras laborales más largas, el retiro puede adelantarse a los 63 años.
En caso de jubilación anticipada forzosa, es posible retirarse hasta 48 meses antes de la edad ordinaria, con un mínimo de 62 años y ocho meses y 33 años cotizados. Los coeficientes reductores aplicados dependen del tiempo de anticipo y los años cotizados, variando entre el 3,26% y el 21% para jubilaciones voluntarias, y del 30% al 0,5% para las forzosas.
Jubilación Demorada
Retrasar la jubilación después de la edad ordinaria ofrece bonificaciones, como un aumento del 4% en la pensión, una cantidad fija o una combinación de ambos si se retrasa dos años o más.
Próximos Cambios
El Gobierno y los agentes sociales han acordado una nueva reforma que introduce incentivos adicionales por cada seis meses de demora a partir del segundo año. También se establecerán coeficientes reductores para ocupaciones penosas o peligrosas, basados en bajas médicas, incapacidades y fallecimientos.
La reforma también modifica la jubilación parcial, permitiendo hasta tres años de anticipo con límites en la reducción de jornada. Además, el trabajador relevista deberá ser contratado indefinidamente y a tiempo completo.
Finalmente, se ha diseñado un marco para compatibilizar trabajo y pensión, permitiendo recibir un porcentaje de la pensión mientras se trabaja, aumentando desde el 45% con un año de demora hasta el 100% con cinco años.