¿Cuánto aumentan las cuantías?
A partir del 1 de noviembre, la cuantía del subsidio por desempleo se incrementa de 480 euros a 570 euros mensuales durante los primeros seis meses. Esto representa el 95% del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM). Posteriormente, la ayuda se reducirá a 540 euros (90% del IPREM) durante los siguientes seis meses, y a 480 euros (80% del IPREM) por el resto del periodo.
Requisitos: ¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?
La reforma amplía el acceso al subsidio a nuevos colectivos. Además de quienes han agotado su prestación contributiva, ahora también podrán beneficiarse:
- Personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares
- Trabajadores eventuales agrarios
- Víctimas de violencia de género
- Emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva
Se mantiene el requisito de no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en ingresos personales o familiares.
Compatibilidad con el empleo
El subsidio podrá cobrarse mientras se trabaja por cuenta ajena, con un complemento de apoyo al empleo, durante un máximo de 180 días. Esta medida será efectiva a partir de abril de 2025 y también es compatible con el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Eliminación del mes de espera
Se elimina el mes de espera que existía entre el fin de la prestación contributiva y el inicio del subsidio. Sin embargo, si se solicita el subsidio después de seis meses de haber terminado la prestación, la solicitud será denegada.
Obligaciones de los beneficiarios
A partir de 2025, los beneficiarios deberán presentar una declaración anual por el hecho de recibir el subsidio, incluso si no alcanzan el umbral mínimo para declarar. No hacerlo resultará en la pérdida del derecho al subsidio.
Eliminación de la Renta Activa de Inserción
Con la reforma, la Renta Activa de Inserción (RAI) queda eliminada. Los desempleados de larga duración que deseen acceder a ella deberán optar por el subsidio de desempleo. Aquellos que ya reciben la RAI continuarán haciéndolo hasta su agotamiento.