La normativa entrará en vigor el día 31 y estará vigente durante todo el mes de febrero. Esta nueva medida, la del máximo de reunión de dos personas, no afecta a la hostelería
«La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de 2 personas, salvo que se trate de convivientes. Igual limitación resultará para los espacios de uso privado«, esta es la nueva medida incluida en el Decreto publicado del presidente de la Ciudad publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) en el que vienen marcadas las restricciones impuestas por el Gobierno Local para intentar contener la pandemia.
Una restricción, la del máximo de número de personas por reunión de dos personas, del que está exenta la hostelería, donde el máximo de personas por mesa continúa siendo de 4 personas ya que, como marca el Decreto, esta norma no afecta «a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen aprobado por la autoridad sanitaria competente».
Por lo demás, en el Decreto se señalan las medidas que ya estaban vigentes: toque de queda de 22:00 a 6:00 horas, prohibición de entrada y salida de la ciudad sin causa justificada y limitación de aforo en los templos de un tercio del mismo, siempre que no supere las 75 personas.
Esta normativa entrará en vigor el próximo 31 de enero, domingo, a las 00:00 horas y estará vigente durante todo el mes de febrero.