El BOCCE de este viernes publica la prohibición del acceso motorizado a caminos y pistas forestales por la noche, una prohibición que se extiende a merenderos y miradores
El Boletín Oficial de la Ciudad ha publicado en su edición de este viernes el decreto de la Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos que prohíbe el tránsito motorizado en caminos y pistas forestales entre las 20.00 y las 7.00 horas del día siguiente.
La prohibición, que se aplica también a las zonas de acampada y a los miradores, es efectiva desde hoy mismo y estará vigente en tanto no cambien las actuales circunstancias.
El incumplimiento de esta prohibición se sanciona con multas que pueden oscilar entre 100 y 1.000 euros, siempre y cuando no se produzcan daños al entorno, en cuyo caso, la cuantía de la sanción será proporcional al daño provocado y puede llegar hasta 100.000 euros e incluso un millón de euros si la infracción se tipifica como muy grave y ocasiona un daño irreparable.
Tal y como se ha anunciado en numerosas ocasiones, estas restricciones tienen como objetivo acabar con el «botellón» en estas zonas, para frenar la expansión de la pandemia y, tal y como afirma el BOCCE, se llevan a cabo «con motivo de la pandemia de COVID-19 en la que nos encontramos, se ha detectado un incremento de los desplazamientos de vehículos al entorno forestal, lo que supone un aumento del riesgo de incendio forestal, así como de residuos (basura) que se puede acumular».