Más de 165 de ellos se dirigen al CGPJ y a la FGE por la sentencia de dos años de cárcel la Audiencia de Huelva por un delito de revelación de secretos.
En torno a 165 periodistas que cubren las secciones de tribunales de una veintena de medios de comunicación españoles, entre ellos de El Mundo, ABC, El Confidencial.com, laSexta y Europa Press han dirigido sendos escritos al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y a la Fiscalía General del Estado (FGE) para exponerles su «preocupación» por la condena a dos años de cárcel a una periodista por la Audiencia de Huelva por un delito de revelación de secretos.
En el escrito presentado ante la FGE, los periodistas resaltan la «desproporcionalidad» del fallo, que coincide con la petición de pena solicitada por la propia Fiscalía en el proceso.
«La sentencia entra a juzgar ciertos datos -siempre veraces- difundidos en las informaciones para calificarlos de «innecesarios e irrelevantes» para el interés público o considerar que «exceden de lo que puede esperar la población en general» a la vista de los «detalles» que se proporcionan», consta en el escrito.
«Lamentamos desconocer -ya que la sentencia no aporta motivación alguna en este aspecto- en qué criterios se basan los magistrados para determinar «lo que puede esperar la población en general» de las informaciones periodísticas sobre los crímenes más graves que impactan, con lógica preocupación, en la ciudadanía».
«Que los jueces decidan qué es o no noticiable, o qué partes de la realidad deben ser publicadas u ocultadas a los ciudadanos es, para nosotros, motivo de inquietud. No porque cuestionemos la autoridad de los jueces, sino porque deben explicar los criterios en los que basan sus decisiones para que éstas no sean arbitrarias o generen inseguridad jurídica», dicen los periodistas de tribunales.
Los firmantes recuerdan que el secreto de la instrucción no está destinado a los informadores sino a las partes en un procedimiento penal. «Pero no existe un tipo penal que castigue el acceso de los periodistas a ese material. El secreto de la instrucción no es exigible a los periodistas, sino exclusivamente a aquellos obligados a guardarlo (a los que se aplica, por cierto, un tipo penal específico con penas menos severas que las previstas en el artículo 197). Por ello, mal puede basarse la condena en un delito de revelación de secretos sumariales por parte de los periodistas, amparados por el deber y el derecho a ejercer las libertades que protege el artículo 20.1d) de la Constitución».