El BOCCE de este viernes publica las bases reguladoras de las condiciones que han de regir la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la Modernización de la flota de auto-taxis de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Éstas entran en vigor este sábado y será subvencionable «la inversión en vehículo nuevo realizada por los concesionarios de licencia municipal de taxi»
Estas bases regulan las subvenciones destinadas a la modernización de la flota de taxis de Ceuta mediante la adquisición, e incorporación a la correspondiente licencia, de vehículos nuevos, destinados a la prestación de servicios públicos de transporte mediante vehículos turismos –taxis-, «se considerará subvencionable la inversión en vehículo nuevo realizada por los concesionarios de licencia municipal de taxi, siempre que dicho esfuerzo inversor redunde en la incorporación y afectación a la indicada licencia de un vehículo nuevo, más seguro y con mejores prestaciones desde el punto de vista de la eficiencia energética (menor consumo de combustibles y menores emisiones de CO2 y NOx)».
Según se establece en las bases, podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas por estas bases las personas físicas que en el momento de la solicitud y hasta la concesión efectiva de la ayuda «sean profesionales del sector, titulares de una licencia de autotaxi en la ciudad de Ceuta y de alta en el impuesto de actividades económicas» y que «se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (ámbito estatal y regional) y frente a la Seguridad Social».
Para otorgar las ayudas, PROCESA valorará el tipo de vehículo a incorporar al servicio (con hasta 50 puntos) y se valorará la propuesta de incorporación al servicio de taxi de Ceuta de modelos de alta eficiencia energética, con menor consumo de combustibles y menores emisiones de CO2 y NOx; la eficacia Energética (con hasta 20 puntos) valorando la inversión en vehículo eficiente energéticamente, participando, por tanto, en el cumplimiento de los objetivos de emisiones CO2 fijados por la UE y ratificados por España; y la accesibilidad (con hasta 20 puntos) teniendo en cuenta que el vehículo a incorporar a la correspondiente licencia participe de la optimización de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
Además, se priorizará sobre aquellos solicitantes que no hubieren sido beneficiarios de actuaciones idénticas o similares a las previstas por estas bases.
Cuantía y Subvención máxima
Las bases establecen las siguientes cantidades, en concepto de límite máximo general de subvención: 10.500 euros para vehículos eléctricos puros y 7.000 euros para el resto de vehículos. «Los límites indicados, en ambos casos, podrían elevarse en hasta 3.000 € adicionales, en el caso exclusivo de adaptación del vehículo a subvencionar para la prestación del servicio público a personas con discapacidad o movilidad reducida, siendo imprescindible que el beneficiario disponga de la correspondiente licencia».
Las solicitudes, de forma electrónica
La solicitud oficial deberá efectuarse por el titular de la licencia de taxi o, en su caso, representante formalmente designado, de forma electrónica siguiendo el procedimiento adecuado que estará disponible dentro del catálogo de trámites del portal electrónico de PROCESA. Toda la información relativa a la convocatoria, los modelos a presentar y las bases estarán disponibles también en la página web de PROCESA.