• Contacta
  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
sábado, 10 mayo de 2025
El Periódico de Ceuta
  • Ceuta
  • Política
  • Nacional
  • Deportes
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Internacional
  • Más
    • Marruecos
    • Economía
    • Cultura
    • Educación
    • Tendencias
    • Mujer
    • Derechos humanos
    • Tribunales
    • Sorteo Cruz Roja
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Ceuta
  • Política
  • Nacional
  • Deportes
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Internacional
  • Más
    • Marruecos
    • Economía
    • Cultura
    • Educación
    • Tendencias
    • Mujer
    • Derechos humanos
    • Tribunales
    • Sorteo Cruz Roja
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Periódico de Ceuta
Sin resultados
Ver todos los resultados
Portada El Foro de Opiniones

¿Quién debe investigar a quién? El caso del cese del coronel de la Guardia Civil de Madrid

Joaquín Parra Cerezo por Joaquín Parra Cerezo
08/06/2020
en El Foro de Opiniones, Opiniones
Tiempo de lectura: 4 minutos
A A
0

Si atamos cabos después de leer todo lo que se viene escribiendo, o se está desvelando del cese del Coronel de la Guardia Civil Pérez de los Cobos, empezamos a entender lo que pudo haber pasado, y puede estar pasando.

El citado Oficial ha perdido la confianza de la superior al mando de la Guardia Civil porque, en el papel, no informó lo suficiente sobre el trabajo ordenado por la Juez n.º 51 de Madrid a la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil de Madrid, en relación a un presunto delito de prevaricación investigado.

El citado Coronel no era miembro de la Policía Judicial específica, pero si el Jefe provincial al que está subordinada esa policía judicial no genérica, y que también integran el resto de funcionarios policiales.

Por lo que se ha desvelado, -sea o no del todo cierto-, el problema vendría porque el Gobierno estaba siendo atacado por la oposición, sin poder defenderse con conocimiento de causa, precisamente por el contenido de un informe encomendado a la Guardia Civil por la Magistrada Juez que investiga unos hechos de los que poder inferir, a efectos indagatorios, indicios de un delito de prevaricación, supuestamente cometido por una Autoridad Gubernativa.

Como quiera que ese informe debía quedar al margen del conocimiento de terceros ajenos a la propia Guardia Civil, incluyendo el que todavía no era sabedor de los motivos de ser investigado, era evidente que alguien no había cumplido con ese deber de secreto, o de custodia de documentos reservados, y eso estaba causando graves perjuicios a quien ya estaba siendo culpado en el juicio paralelo que se sigue públicamente ante la primicia de quien lo conocía y lo utilizaba fuera del procedimiento judicial donde se puede ejercer la contradicción, y se puede controlar la correcta aportación de pruebas, e incluso aportar las que contradigan un informe que podría, -a juicio de quien lo cuestionara-, tener sesgo de parcialidad, o en parte pudiera ser falso o al menos inexacto.

No en vano de ese informe se ha dicho que iba más allá de ser un informe de contenido riguroso en hechos, que en cualquier caso éstos serían objeto de contraste y contradicción en sede judicial, y que pudiera estar viciado por una supuesta incredibilidad subjetiva.

Ante esto, de ser así, la forma de gestionar el asunto era bien sencilla. Si se ha revelado un documento de un procedimiento declarado secreto por la Instructora para terceros, es evidente que alguien ha cometido un delito.

Conocida la “notitia criminis”, puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal y del Abogacía del Estado, por el Ministerio de Interior, testimoniado que sea ese hecho por la Autoridad Judicial Instructora, ya hay fundamento suficiente para iniciar investigación, y para hacerlo sobre los responsables de mantener ese documento custodiado.

Y, ello además por el daño que se está causando a las Instituciones, además del que pudiera estar padeciendo el investigado.

PUBLICIDAD

Lo anterior no empece para que la propia Directora General de la Guardia Civil pueda, como ha hecho ahora, hacer uso de la ley disciplinaria de la Guardia Civil, y ordenar una investigación reservada para conocer de los hechos que pudieran ser constitutivos de infracción, y de sus posibles autores, con el fin de iniciar y dirigir contra ellos el procedimiento disciplinario o gubernativo, si es que fueran guardias civiles, ya fuese por dolo o imprudencia grave, por acción u omisión.

Esto no es ninguna injerencia en la investigación judicial, pues se investigan hechos distintos, y además en distintos órdenes jurisdiccionales.

¿Obró bien la Directora General?, pues digamos que ejerció una de sus potestades, y fundamentó lo suficiente el motivo de la pérdida de confianza, dio la explicación, que con ello vale, y desde mi conocimiento en base a la jurisprudencia, no hay donde acusarla de prevaricación, ni de injerencia en una investigación judicial, pues la discrecionalidad técnica en su decisión le salva de actuar por móviles espurios o de llegar a ser discriminatoria o arbitraria.

Que se recurre al final la resolución del Secretario de Estado a su propuesta, pues incluso habría posibilidad de ser más explicita en los razonamientos, pero el motivo ya lo dio, y su resolución no exige prueba, sino su propia convicción.

Por otra parte la Autoridad Judicial, -según parece por lo que se ha escrito en medios de prensa-, de lo que prevenía, de acuerdo con la legalidad, no era que no pudiera conocerse el contenido del informe en el ámbito interno de la Guardia Civil, dentro de la cadena de mando, hasta llegar a la última autoridad del Ministro o incluso del Presidente del Gobierno, pues fue la propia Institución la que elaboró y documentó, fruto de su investigación, sino lo reprobable es que saliera fuera de ese ámbito, y se generalizara su conocimiento por terceros, cuando aún está instruyendo, y por tanto investigando, con lo que eso supondría de dificultad para la eficaz culminación.

Así las cosas, de esto se hablará largo tiempo, porque el asunto no acaba aquí, pero no por ello, creo yo, vamos a dejar de tener por Directora General a la persona de Doña María Gámez.

Noticia anterior

De extrema… neutralidad

Siguiente noticia

¿Qué supondrá para Ceuta pasar a Fase 3? Conoce aquí todos los detalles

Otras Noticias

“Segundas oportunidades, primeras necesidades”
Actualidad

“Segundas oportunidades, primeras necesidades”

por Redacción
14/03/2025
0

Ramón Rodríguez Casaubón Las segundas oportunidades nos posibilitan enmendar errores,comenzar desde cero aunque partamos de menos algo, avanzar hacia lamodificación...

Leer másDetails
PREMONICIONES DE CASANDRA «LA ENREDADORA»

PREMONICIONES DE CASANDRA «LA ENREDADORA»

03/03/2025
Mohamed Abdeselam ‘Billy’: un amigo campeón

Mohamed Abdeselam ‘Billy’: un amigo campeón

01/03/2025

Marruecos suspende el sacrificio, pero ¿y Ceuta?

01/03/2025

INGESA manipula, pero los ceutíes no se callan

23/02/2025
Siguiente noticia
Máxima preocupación por la salud del rey Mohamed VI y el creciente protagonismo del príncipe Moulay Hassan

Máxima preocupación por la salud del rey Mohamed VI y el creciente protagonismo del príncipe Moulay Hassan

Marruecos busca nuevos aliados tras la anulación de los acuerdos pesqueros con la UE, golpeando a España

Marruecos busca nuevos aliados tras la anulación de los acuerdos pesqueros con la UE, golpeando a España

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  • Contacta
  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Unpu Group Solutions SL

© 2023 El Foro de Ceuta - Medio de Comunicación.

Gestionar consentimiento
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Actualidad
  • Nacional
  • Política
  • Tendencias
  • Sucesos
  • Educación
  • Cultura
  • Sociedad
  • Economía
  • Internacional
  • Marruecos
  • Deportes
  • Más
    • Mujer
    • Derechos humanos
    • Tribunales
    • Sorteo Cruz Roja

© 2023 El Foro de Ceuta - Medio de Comunicación.