Las obras de Gran Vía han causado quebraderos de cabeza al Gobierno desde el principio, a las críticas de una parte de la ciudadanía se sumaba la postura en contra de la oposición, entre los que destaca Caballas por su empeño en demostrar las supuestas irregularidades del Ejecutivo de Vivas.
Aróstegui comenta a este periódico que «cuando se decide hacer la obra de la Gran Vía, Caballas piensa que hay al menos tres incumplimientos graves de la legalidad vigente: el Plan General, el estudio de detalle y las propias normas urbanísticas que desarrollan el Plan General«.
El portavoz de Caballas continúa explicando los antecedentes previos a la Denuncia y señala que «de manera poco comprensible, el Gobierno no quiso atender nuestros emplazamientos, hasta en dos ocasiones interpelamos en el Pleno e hicimos dos advertencias por escrito de que a nuestro juicio se seguían incumpliendo esas normas», además, señala Aróstegui, «en uno de los casos era que se exigía una exposición al público, porque según la ley en temas urbanísticos de cierta trascendencia, por ejemplo este en el que se cambian las vías de una zona céntrica, requiere una información publica para no hurtar al ciudadanos de opinar sobre el ordenamiento urbanístico».
«El Gobierno, por las prisas o por prepotencia, o no se sabe muy bien por qué, desoyó nuestros reclamos y nos invita a denunciar«, nos cuenta Aróstegui.
Caballas pone la denuncia, y el juez ve indicios, pero no todas las infracciones suponían delitos y por tanto no se estimaba que hubiese responsabilidad penal, «pretendían que nosotros dilucidásemos esta cuestión en el contencioso, pero nosotros sabíamos que esto es algo penal, ahora la Audiencia lo que resuelve es que es un tema que merece la pena ser investigado a fondo».
Una denuncia, una desestimación y una reapertura del caso
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial en Ceuta ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por Juan Luís Aróstegui, Caballas, por un supuesto delito de prevaricación administrativa, cometido dentro del marco del Área de Fomento de la Ciudad.
El magistrado Presidente de la Audiencia, Fernando Tesón declara en los antecedentes de hecho que el auto del Juzgado de Primera Instancia que sobreseyó la causa ha incurrido en una serie de incongruencias de fondo y forma.
Por tanto la causa debe ser reabierta, ya que la complejidad de la instrucción no corresponde a la decisión tomada, aunque en un primer momento el Juzgado de Primera Instancia concluyó que la denuncia no revestía carácter de delito y debía interponerse por vía contenciosa, la Audiencia cree que el instructor pudo estar equivocado.
En el auto, el instructor también señala que el recurso presentado por la representación de Aróstegui, «no sólo no define qué o quién debe incluirse en la investigación, ni califica los hechos que se dicen delictivos, sino que ni tan siquiera solicita la práctica de diligencia de prueba alguna».
La Sala decide «aun por motivos distintos» a los alegados por Juan Luis Aróstegui continuar las Diligencias Previas, siendo ahora la instructora la que deberá determinar las diligencias que cabe ordenar.